El Gobierno de Javier Milei reglamentó hoy el nuevo protocolo para impedir los bloqueos y protestas en empresas, a través de una resolución del Ministerio de Seguridad publicada en el Boletín Oficial y firmada por la titular del área, Patricia Bullrich.
La medida busca "contribuir a la protección de las actividades que pudieran sufrir una merma o parálisis de su producción a causa de acciones que impidan el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías a sus instalaciones". Además, se podrán realizar denunciar por WhatsApp, mail y teléfono.
El artículo 1 de la resolución 901/2024 publicada en el Boletín Oficial entiende como "bloqueo" a "cualquier maniobra, dispositivos, vallado u obstáculos de cualquier naturaleza, que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios en cualquier lugar del territorio nacional".
Si algunas de esas acciones detalladas se llevan a cabo frente a fábricas o empresas, las fuerzas de seguridad podrán aplicar el nuevo protocolo. Incluso, los afectados podrán realizar denuncias de las siguientes formas: llamando al número 134, por WhatsApp al número (11) 38524561 o al correo electrónico bloqueos@minseg.gob.ar.
Claves del protocolo
Una vez recibida la denuncia, será Seguridad el encargado de evaluar la verosimilitud de la denuncia, en su caso, "pondrá los hechos en conocimiento de las autoridades competentes y, de corresponder, instruirá a la Secretaría de Seguridad para que efectúe el despliegue de las Fuerzas Policiales y de seguridad más próximas a fin de que hagan cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso de personas, vehículos o mercaderías en el establecimiento afectado", detalla la normativa.
Además, "Las fuerzas policiales y de seguridad federales recabarán pruebas sobre el desarrollo del bloqueo, que incluirán la identificación de los responsables y participantes, a fin de su inmediata remisión al juzgado penal correspondiente y al Ministerio Público Fiscal sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior", completa.