El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció este martes que las personas que recibieron ayuda salarial del Estado durante la pandemia a través del programa ATP y quienes tienen subsidios a las tarifas estarán habilitados a comprar dólares en el mercado financiero a través de las cotizaciones MEP y contado con liquidación.

A través de un comunicado, la entidad señaló que “dio un nuevo paso en el proceso de remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios, que tiene como objetivo final la eliminación total de las restricciones”.

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“La tercera medida que adoptó el Directorio es remover las restricciones para acceder a las operaciones de dólar MEP y de Contado con Liquidación que tenían las personas humanas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos”, añadió, consignó el portal Infobae.

Y explicó que “con esta medida, quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría”.

El listado de personas que estaban restringidas en el acceso a los dólares financieros y que desde mañana tendrán habilitada esa opción son:

- Los beneficiarios de refinanciaciones de saldos de tarjeta de crédito durante la pandemia.

- Los beneficiarios de “Créditos a Tasa Cero”, “Créditos a Tasa Cero 2021″, “Créditos a Tasa Cero Cultura” o “Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas”.

- Los beneficiarios de programas de asistencia a pymes para el pago de sueldos.

- Los beneficiarios del congelamiento de las cuotas de créditos hipotecarios durante la pandemia.

- Diputados y senadores nacionales, que habían quedado vedados tras una decisión conjunta de ambas cámaras en octubre de 2020.

- Las personas usuarias de servicios públicos que sean beneficiarias del subsidio en las tarifas de suministro de gas natural por red y/o energía eléctrica, ya sea que lo hubieran obtenido por solicitarlo o de manera automática, y/o del subsidio en las tarifas de agua potable.

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- Las personas humanas que sean beneficiarias del “Plan de pago de deuda previsional” previsto en la Ley Nº 27.705 u otro plan de regularización de deuda previsional hasta tanto no hayan cancelado la deuda.

- Las personas humanas que sean beneficiarias de los “Créditos Anses”.

- Las personas humanas beneficiarias del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y las trabajadoras y los trabajadores aportantes al referido SIPA que hayan recibido el financiamiento previsto en el Decreto N° 463/23, hasta tanto hayan cancelado la deuda.