Desde la especialidad en derecho previsional y, como Asesora de Seguros de vida y retiro, hoy se puede observar una preocupación creciente entre los trabajadores activos aportantes al Sistema, y una inquietud cada vez mayor respecto de cuánto sería el futuro haber previsional ante una jubilación ordinaria, por invalidez o la pensión por fallecimiento que quedaría para la familia.
Cómo se calcula una Jubilación ordinaria
En varias ocasiones les comentamos a los lectores a través de este medio, que, para poder liquidar una jubilación, Anses debe tomar en cuenta cantidad de años de aportes acreditados en el sistema, las ultimas ciento veinte remuneraciones brutas actualizadas (no se toman en cuenta los conceptos no remunerativos) y en función de ello se aplican fórmulas matemáticas para definir el haber. Este es el modo de determinar el haber previsional para un trabajador en relación de dependencia, dentro del régimen general
Distinta es la situación si se trata de un trabajador independiente, autónomo, monotributista, ya que dependerá del tiempo total trabajado y aportado y el promedio de rentas imponibles de las diferentes categorías en las que estuvo aportando a lo largo de la etapa activa; y, lamentablemente en la mayoría de los casos, el trabajador independiente puro, tendrá un haber previsional de alrededor de la jubilación mínima.
Muy grande es la sorpresa cuando acceden a la jubilación ordinaria y observan que los ingresos que tendrán desde el beneficio de jubilación ordinaria, no guardan relación con los ingresos efectivamente percibidos o generados por el trabajador independiente en actividad.
Topes previsionales
También en variadas ocasiones comentamos que nuestro sistema previsional posee topes tanto en el piso a pagar, haber mínimo previsional como en el máximo, para lo cual actualmente, cada mes por aplicación de la movilidad previsional por índice de precios al consumidor, se definen los mismos, siendo actualmente de $215.000 y $1.450.000 respectivamente.