Durante la extensa sesión que terminó entrada la madrugada, la Cámara de Diputados logró revertir el rechazo del Senado y aprobó la reincorporación de la cuarta categoría al impuesto a las Ganancias. De esta manera, se vuelve al texto original votado en la Cámara baja, lo que significa que alrededor de 800.000 trabajadores volverán a pagar este tributo.

La versión aprobada en Diputados eleva el mínimo no imponible a $1.800.000 brutos para los solteros y a $2.200.000 para los casados con hijos. Esto implica que los trabajadores que superen estos montos comenzarán a tributar por sus ingresos.

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El impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría se aplica con alícuotas progresivas que van del 5% al 35%, por lo que a medida que aumentan los ingresos, también lo hace el porcentaje del tributo que se debe abonar.

En el caso de un empleado soltero con dos hijos menores de 18 años, el salario bruto más bajo alcanzado por el impuesto será de $2.100.000, lo que equivale a un sueldo neto de 1.781.277,39 pesos.

Por su parte, un empleado casado con dos hijos menores a cargo quedará eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.

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Para evitar que la inflación afecte el poder adquisitivo de los trabajadores, el mínimo no imponible se actualizará de forma trimestral durante este año (en septiembre) y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso sostienen que el proyecto, tal como se aprobó en Diputados, proporcionará recursos por 0,43% del PBI, que las provincias esperan con los brazos abiertos, luego de la suspensión del tributo, ocurrido durante el último semestre del gobierno del presidente Alberto Fernández.