Este miércoles se debate en el Senado de la Nación la Ley Bases, con la cual el Gobierno busca derogar la ley 27.705 de la moratoria previsional y crear la Prestación de Retiro Proporcional para las personas que cumplieron 65 y que no completaron los 30 años de aportes necesarios para jubilarse.
Si la Ley Bases de Javier Milei se aprueba en la Cámara Alta y obtiene sanción con su retorno a Diputados, la ley 27.705 quedará sin efecto. El artículo 226 de la Ley Bases deroga la moratoria previsional, sancionada en 2023 durante la gestión de Alberto Fernández, y dice: “Créase la Prestación de Retiro Proporcional, para aquellas personas que hubieran alcanzado los sesenta y cinco (65) años de edad y que no cumplan con el requisito previsto en el artículo 19 Inciso “c” de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones”.
Es decir, los trabajadores que no cuenten con los 30 años aportados al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) solo podrán acceder a una jubilación proporcional a los 65 años y un beneficio adicional en función de los años de servicio.
La ley de moratoria (N° 27.705) permite a las mujeres jubilarse a partir de los 60 años y a los varones desde los 65 años sin tener los 30 años de aportes, completando los años de aportes faltantes a través de una deuda a deducir del haber mensual hasta en 120 cuotas. La derogación de esa moratoria en la práctica, y dada la alta informalidad femenina que no llegan a completar los 30 años de aportes, implica una suba de la edad jubilatoria de las mujeres de 60 a 65 años.
A partir de esa edad, tanto varones como mujeres, podrían acceder a la Prestación Universal al Adulto Mayor (PUAM) sin tener los 30 años de aportes con el 80% del haber mínimo. Cabe recordar que el valor de la PUAM en junio es de $ 165.545 más los $ 70.000 del bono. Mientras que la jubilación mínima alcanza los $206.931,10.
Si la Ley Bases se aprueba, el Poder Ejecutivo reglamentará en un plazo no mayor a 30 días la Prestación de Retiro Proporcional y establecerá los parámetros para el acceso a un haber en porcentajes que reconozcan los aportes realizados al Sistema Integrado Previsional Argentino y las condiciones por las que se regirá la prestación.
Actualmente, para cobrar la PUAM se requiere no percibir “jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo”. Si la reglamentación fija el mismo criterio, no se podría acceder a la prestación proporcional si ya se cobra otra prestación. En el Régimen General, la persona jubilada puede trabajar en forma registrada, percibiendo ambos beneficios (como jubilación y sueldo).