En el mes de junio de 2024 se termina el periodo de transición entre la aplicación de la Ley 27609 de movilidad previsional y los aumentos mensuales dispuestos por el DNU 274/24 de fines de marzo.

Incrementos mensuales

A través del DNU del mes de marzo y, luego de haber fracasado el intento de cambio del la movilidad de las prestaciones previsionales en el mes de enero de 2024, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso que los jubilados y pensionados tendrían aumentos mensuales por IPC (Índice de precios al consumidor), tomando como parámetro el índice informado por el Indec correspondiente a dos meses antes del mes al que se aplica el aumento. Así fue que en abril se aplicó el índice de febrero, en mayo el de marzo y en el mes de junio se aplicará un 8,8% informado recientemente por el Indec por abril de 2024.

En el mencionado decreto de necesidad y urgencia, también se dispuso que el trimestre comprendido entre los meses se abril a junio, serían meses de empalme en los cuales la ley de movilidad sigue vigente, pero se aplicarían los aumentos mensuales según el índice arriba indicado; y que en el mes de junio se realizará una comparación entre el aumento que hubiese correspondido por aplicación de la ley de movilidad en el trimestre y los aumentos mensuales otorgados.

En caso de haber diferencia a favor de los beneficiarios, se hubiese pagado en el mes de junio un aumento adicional  para compensar  la diferencia de la ley, pero en caso de haber correspondido un incremento menor, el Índice aplicado no será descontado.

En junio percibirán sueldo y aguinaldo con el aumento, más el BONO de $70.000 informado recientemente para jubilados activos que perciban hasta haberes mínimos.  Por lo cual los montos quedarán asi:

Jubilación mínima: $206.994

Jubilación máxima: $1.392.066

PUAM: 80% de la mínima

PNC: 70% de la minima

En junio termina el período de transición, por lo cual desde julio cobrarán aumentos mensuales por inflación.

Próximos meses

Por los meses que vendrán luego de este periodo y hasta que el Congreso de la Nación sancione una nueva ley de movilidad previsional o modifique la que tenemos hoy vigente, los aumentos serán mensuales y ajustables por inflación,