Esta carta está dirigida al grupo de jubilados ignorados porque aportaron más a la caja previsional, a los cuales no les alcanza el derecho a cobrar los adicionales que perciben los que no aportaron o los que aportaron menos. No se habla de discriminación, pero la han adoptado, por eso los jubilados ignorados que pueden estar iniciando actos de judiciales para que les paguen los mencionados adicionales, también deben tener en cuenta los siguientes aspectos: a) estos adicionales pueden ser considerados incrementos de haberes encubiertos; b) los fondos utilizados para pagarlos son de todos los jubilados y los que más aportaron son los jubilados ignorados. C) los funcionarios sólo deben aplicar las normas legales, no tienen la facultad de elegir a quién le corresponde un derecho y a quién no; esto, de última, es atribución de la justicia y lo debe definir un juez. Los funcionarios deben responder por sus actos; no siempre pueden eludir su responsabilidad escudándose tras una entidad.

Armando Héctor Martínez                                                    

Emilio Castelar 1984 - S. M. de Tucumán