A un año y medio de la frustrada implementación del sistema de estacionamiento pago en San Miguel de Tucumán, la Justicia provincial mantiene la vigencia de la cautelar que suspendió la medida dispuesta durante la gestión alfarista. Y mientras se dirime la cuestión en el fuero contencioso administrativo, la administración de la intendenta Rossana Chahla avanza con otros aspectos destinados al reordenamiento del tránsito en la ciudad.
En julio de 2022, la Intendencia entonces a cargo de Germán Alfaro (PJS) activó un mecanismo de estacionamiento medido en unas 300 cuadras de la Capital, abarcando el centro, el microcentro y sus alrededores.
El objetivo de esta disposición, según se anunció en aquel momento, era “desalentar el uso innecesario de vehículos particulares”, aliviar el tráfico y “disminuir la contaminación”.
Para su puesta en funcionamiento, el municipio celebró un contrato con la unión transitoria de empresas Tecno Agro Vial.
Sin embargo, el servicio sólo estuvo operativo durante 45 días.
Distintas demandas judiciales -entre ellas, las iniciadas por el defensor del Pueblo, Eduardo Cobos, y por la organización de usuarios Fodecus, que encabeza José Hermenegildo García- se acumularon en una acción de amparo colectivo que se tramita ante la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, integrada por las juezas Felicitas Masaguer y María Florencia Casas.
En agosto de 2022, en el marco de este proceso, la Justicia provincial dispuso la suspensión de todos los actos relacionados al estacionamiento medido, incluyendo la concesión y el cobro a los usuarios. Así, más allá de que la señalética se mantiene en decenas de veredas de la ciudad, la app permanece inactiva y sin funcionamiento.
En este contexto, LA GACETA consultó al secretario de Movilidad Urbana, Benjamín Nieva, sobre la cuestión del estacionamiento pago en la Capital. “Está vigente una medida cautelar por un proceso judicial, y hasta tanto no exista un pronunciamiento judicial no avanzaremos en su tratamiento”, explicó el funcionario.
Nieva recordó que la gestión de Chahla lanzó el Plan Integral de Movilidad Urbana (PIMU), que abarca distintas etapas. “La primera de ellas es la intervención con pintura termoplástica para delimitar la circulación de los ómnibus a través de carriles exclusivos. Esto no significa que solamente va a circular el servicio público de transporte en una determinada arteria, sino que va a coexistir con los vehículos particulares pero perfectamente delimitados los carriles de circulación de uno y otro vehículo”, detalló.
El secretario de Movilidad Urbana afirmó que, con esta medida, “vamos a reorganizar el tránsito”. “Entiendo como muy oportuna la mirada de la intendenta en repensar la ciudad que queremos para los próximos años”, enfatizó.
La siguiente etapa dentro de la PIMU, añadió, implicará el cambio de sentido de las calles Crisóstomo Álvarez y San Lorenzo. Y mencionó distintas razones que justifican estos cambios, como “el crecimiento exponencial del parque automotor, el crecimiento demográfico y la cantidad de oficinas públicas en el microcentro”. A ello, explicó, se suma “lo angosto de la calle Crisóstomo Álvarez en comparación con San Lorenzo”, y “la necesidad de despejar el tránsito caótico del microcentro, dando la posibilidad que los vehículos que bajan por 24 de Septiembre tengan como primera vía de escape hacia el oeste la calle Crisóstomo”. “También estamos delineando los recorridos que tendrán los ómnibus interurbanos y urbanos dentro del microcentro para optimizar la prestación del servicio, todo en beneficio del usuario y a los fines de mejorar la velocidad comercial de los ómnibus. Entre otros beneficios, esto traerá aparejado una mayor frecuencia del paso de las unidades y el ahorro de combustible”, profundizó.
Escritos en la causa
En diciembre, el representante legal de la UTE Tecno Agro Vial, Esteban Galvaire Monroi, solicitó el rechazo de las demandas efectuadas en esta causa de forma “in limine”, es decir, en su totalidad y de forma inmediata.
Según la postura de la empresa, el acuerdo de concesión de este servicio “no involucra la afectación de derechos de los consumidores y usuarios” y que la Municipalidad “fue facultada expresamente por medio de una ordenanza municipal para instrumentar” esta prestación.
La Sala II corrió traslado del planteo de Tecno Agro Vial a las partes. En este sentido, el defensor del Pueblo requirió que se desestime la solicitud de la empresa, y ratificó los cuestionamientos hacia el convenio por el estacionamiento pago.
En su escrito, Cobos insistió con que el convenio fue celebrado "con una persona jurídica que no cumpliría con las condiciones para llevar adelante esa contratación, conforme a la ordenanza y al pliego". "Si el contrato es nulo, la afectación a los usuarios es evidente", remarcó.
El ombudsman advirtió que la acción judicial iniciada por la Defensoría “cuestionaba el contrato en sí mismo, no el proceso licitatorio”. "Los ciudadanos de la provincia se encontraban al momento de la demanda en total estado de incertidumbre, de falta de conocimiento real en relación a la vigencia del contrato de concesión y, por ende, de las consecuencias directas y disvaliosas de dicho contrato con relación al patrimonio de los usuarios, como ser la obligación al pago de la tarifa, la potencial imposición de multas y/o acarreos de sus vehículos", enfatizó. Por ello, según Cobos, si se rechazara "in limine" la acción de amparo, como pretende la empresa, "los usuarios volverían al estado de incertidumbre y a la potencial afectación patrimonial anteriores al dictado de la cautelar".