“Sólo quiero decir que actué en mi defensa y en defensa de los bienes de la Municipalidad. Soy padre de tres hijos, estoy contratado; no saldría a hacer una cosa así porque sí, sólo quería defenderme”, manifestó el agente municipal de tránsito Emiliano Nasul Gramajo, horas antes de ser condenado a tres años de prisión condicional y un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos por haber herido de un golpe de puño al taxista Gabriel Enrique Sotelo.

La mañana del 7 de marzo de 2023 el taxista estaba estacionado sobre la calle Virgen de la Merced y Marcos Paz esperando a un cliente cuando Nasul se acercó a él, le dijo que estaba estacionado en un lugar prohibido por lo que le pidió los papeles correspondientes del vehículo. Al notar que tenía vencido el carnet de sanidad, le ordenó que lo acompañara hacia el corralón de la Municipalidad. Unos metros más adelante, en Santa Fe y Virgen de la Merced, ambos comenzaron una discusión. El agente de tránsito golpeó a Sotelo provocándole heridas y a causa de ello después fue operado.

Esta semana se desarrolló el debate oral para dilucidar si el agente había actuado en legítima defensa o con abuso de autoridad. Un aspecto que llamó la atención de los presentes fue que en la audiencia final, la jueza María Alejandra Balcázar realizó un llamado de atención a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán al exponer su veredicto.

“Hay una realidad que se ha evidenciado en este debate, que me parece que a todos nos ha quedado clara, respecto de una costumbre arraigada y naturalizada en los empleados municipales, especialmente en los inspectores de tránsito y quienes dirigen estos espacios, incluidos aquellos de alto rango. Estas costumbres arraigadas implican incumplir la ley”, señaló la vocal.

Tras la advertencia, en su resolución ordenó que se librará un oficio a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán y a la Dirección de Policía de Tránsito de la ciudad para capacitar a sus empleados.

“Voy a recomendar por ello que se instruya capacitaciones de talleres de formación a aquellas personas que se desempeñan como inspectores de tránsito, especialmente a quienes dirigen esa área, respecto de las leyes y reglamentos que rigen su función, debiendo cumplir las mismas con especial respeto, evitando incurrir en conductas como las aquí juzgadas: retención indebida de documentación y acarreo indebido de vehículos”, adelantó Balcázar.

Sentencia

“Quiero pedir que se haga justicia. Esta persona me causó mucho daño a mí y a mi familia. Ese día me tuvieron que internar y ahora me tienen que volver a operar de la nariz. Me sentí muy humillado, yo, mi familia, mis hijos. Sentí mucha impotencia, ver a mis hijos llorar cuando me fueron a ver en el sanatorio, en la reunión de la escuela; hasta lo tuve que mandar a mi hijo al psicólogo porque le hacían burla en la escuela”, expresó Sotelo en sus últimas palabras.

Nasul Gramajo llegó al banquillo de acusados imputado por el delito de lesiones graves agravadas por alevosía, en concurso con abuso de autoridad. Tanto la Fiscalía de Delitos Complejos, dirigida por Mariana Rivadeneira, como la querella, representada por Matías Chelala, solicitaron que el agente de tránsito sea condenado a cinco años de prisión efectiva. El defensor Ricardo Fanlo, en compañía del abogado Agustín Monteros, argumentaron que Nasul actuó en legítima defensa y pidieron su absolución.

En los fundamentos de su fallo, la jueza explicó que luego de analizar las pruebas presentadas a lo largo de las jornadas, consideró que no hubo legítima defensa y que tampoco hubo presencia de alevosía.

“El imputado Nasul al advertir que Sotelo estaba estacionado en una zona prohibida debió primero, de acuerdo a lo que dijeron las autoridades aquí, invitarlo a movilizarse de esa zona en donde no podía estacionar. Sin embargo, pese a que Sotelo le pide que lo deje circular, Nasul le solicita los documentos del vehículo y cuando ve que no tenía el carnet de sanidad en lugar de actuar en conformidad con la ley y labrarle el acta por ambas situaciones le retuvo indebidamente su documentación y acarreó su vehículo. Nasul se aprovechó de la autoridad recibida por su condición de servidor público y actuó de forma contraria a la Ley Nacional de Tránsito”, dijo. Y agregó: “Si Nasul creía que era necesario resguardar su integridad física o la de la motocicleta debió pedir auxilio al personal policial, hasta incluso podría haber entregado la documentación para evitar llegar a mayores”.

Finalmente imputó a Emiliano Nasul Gramajo de ser autor del delito de abuso de autoridad en concurso real con el de lesiones graves y lo condenó a tres años de prisión de ejecución condicional, a un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos y lo sometió al cumplimiento de reglas de conducta, entre las cuales deberá realizar dos horas semanales de tareas comunitarias y un tratamiento psicológico para tratar la impulsividad y el trato violento. (Producción Periodística: Micaela Pinna Otero)