El principal cargo electivo de la Argentina se dirime mañana. El oficialista Sergio Massa (Unión por la Patria) y el opositor Javier Milei (La Libertad Avanza) se medirán en las urnas en lo que será el segundo balotaje en la historia del país. Y con 35,8 millones de ciudadanos habilitados a sufragar, cada voto cuenta en la carrera a la Casa Rosada.

Las PASO de agosto habían dejado al liberal libertario como el postulante con más adhesiones del país. En las generales de octubre, sin embargo, este escenario se revirtió, y el actual ministro de Economía se ubicó en la cima del podio, aunque los porcentajes obtenidos dejaron un final abierto, sujeto a la definición en segunda vuelta.

Los últimos comicios dejaron una “base” superior al 36% a favor de Massa; y de casi el 30% para Milei.

Claves

Una de las claves para el balotaje estará en cómo se distribuirán los votos que había cosechado la alianza de Juntos por el Cambio (JxC), teniendo en cuenta el apoyo que brindaron referentes radicales como Gerardo Morales y Martín Lousteau al postulante de Unión por la Patria; y el acuerdo electoral entre los líderes del PRO, Mauricio Macri y Patricia Bullrich, con el candidato de La Libertad Avanza.

Otros factores fundamentales serán la concurrencia, dado que las generales registraron un 77% de participación; y el voto en blanco, que había superado el 2% del total en octubre pasado.

20 preguntas y respuestas para entenderlo

1) ¿Qué es el balotaje?

La Constitución fija que el presidente y el vicepresidente “serán elegidos directamente por el pueblo, en doble vuelta”. Si bien la contienda se puede definir en las generales (en caso de que el binomio más votado alcance el 45% de los votos afirmativos válidos u obtenga el 40% y una diferencia de 10 puntos respecto del segundo), la Carta Magna aclara que el balotaje “se realizará entre las dos fórmulas de candidatos más votadas, dentro de los 30 días de celebrada la anterior”.

2) ¿Cómo se define la votación?

Al ser una elección directa, la segunda vuelta se define por simple mayoría de votos: si uno de los candidatos obtiene una mínima diferencia sobre su contendiente, será proclamado presidente para el período 2023-2027.

3) ¿Hubo antecedentes en el país?

El primer y único balotaje en la historia del país, hasta ahora, se celebró en 2015, cuando Mauricio Macri se impuso ante Daniel Scioli (51,3% contra 48,6%). Hubo sin embargo otros comicios generales que habían producido un escenario de segunda vuelta, aunque finalmente no se llevó a cabo. En 2003, Carlos Menem renunció a competir en el balotaje contra Néstor Kirchner, quien finalmente fue proclamado ganador. Algo similar había sucedido en 1973, cuando Héctor Cámpora fue electo presidente tras la decisión del radical Ricardo Balbín de no participar en la segunda vuelta.

4) ¿A quién favorece el voto en blanco?

La Cámara Nacional Electoral establece que el voto en blanco es “una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos”. Una creencia es que “beneficia” al postulante que más adhesiones haya obtenido. Sin embargo, el voto en blanco representa un rechazo a todas las listas, y no suma ni resta a ningún espacio.

5) ¿Cómo les fue a Massa y a Milei hasta ahora?

En las PASO, la lista de Milei fue la más votada, con más del 30% de los sufragios. El frente de Unión por la Patria -entonces con Massa y Juan Grabois compitiendo en la interna- se había ubicado tercero, con 27%. En las generales, en tanto, Massa quedó al frente del podio, con más del 36% de los sufragios. Milei se situó segundo, otra vez con cerca del 30% de los votos.

6) ¿Cuándo se conocerán los primeros resultados?

Los datos iniciales del escrutinio provisorio serán difundidos horas después del cierre de la votación. De todos modos, en la Cámara Nacional Electoral aclararon que estos números tienen como objetivo ofrecer un indicio sobre los resultados de la votación, y que sólo el escrutinio definitivo -que comenzará 48 horas después del sufragio- tiene validez legal para proclamar al electo.

7) ¿Cuándo asumirán el nuevo presidente y el vice?

El candidato que resulte electo en el balotaje prestará juramento el domingo 10 de diciembre. El día coincide con los 40 años ininterrumpidos de democracia en el país, cuando Raúl Alfonsín asumió el cargo, en 1983.

8) ¿Qué sucede con los diputados y las demás categorías?

El resto de las categorías que se habían puesto en juego en estas elecciones nacionales (diputado nacional y representantes en el Parlasur) ya se definieron en las generales. En el caso de Tucumán, los oficialistas Pablo Yedlin, Gladys Medina y Carlos Cisneros asumirán en la Cámara Baja; al igual que los opositores Ricardo Bussi (FR) y Mariano Campero (UCR-JxC). El representante en el Parlamento del Mercosur será Mariano Fernández (UxC).

9) ¿Cuántos electores votan en Tucumán?

Podrán sufragar 1,3 millón de ciudadanos, incluyendo a los jóvenes de 16 y de 17 años. La cifra registró un leve incremento con respecto a las PASO. Gracias a estos números, Tucumán es el sexto distrito electoral del país, que reúne más de 35,8 millones de votantes, según datos de la Cámara Electoral Nacional.

10) ¿Dónde voto?

Se puede consultar la escuela, mesa y número de orden de votación en el sitio oficial dispuesto por la Justicia Nacional Electoral: www.padron.gob.ar. De todas maneras, no hubo cambios de escuelas respecto de la última elección del 22 de octubre.

11) ¿Qué pasa si no voto?

El Código Nacional Electoral establece en su artículo 125, en el apartado “faltas electorales”, que “se impondrá multa de $ 50 a $ 500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección”. Quienes no paguen la multa por no haber ido a votar quedarán registrados como infractores. No podrán hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años.

12) Si no voté en las PASO y/o en las generales, ¿puedo hacerlo en el balotaje?

Sí, siempre y cuando la persona esté incluida en el padrón dispuesto por la CNE, está habilitada a sufragar, y tiene el derecho y la obligación de hacerlo. Por lo tanto, la no concurrencia a las PASO y/o a las generales no representa un impedimento para votar en la segunda vuelta, más allá de haber pagado o no las multas correspondientes.

13) ¿A qué hora comienza y a qué hora termina la elección?

Este domingo, la apertura del acto electoral se realizará a las 8, y el establecimiento se cerrará a las 18. “No obstante, podrán votar luego de las 18 horas los/as electores/as que aguardaban su turno antes de ese horario”, remarcó la CNE.

14) ¿Cuáles son los documentos válidos para votar?

Los documentos habilitantes son: a) Libreta de Enrolamiento/Libreta Cívica; b) DNI libreta verde; c) DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”; d) Tarjeta del DNI libreta celeste; e) Nuevo DNI tarjeta. El elector puede votar presentándose con libreta de enrolamiento o libreta cívica, siempre que no haya gestionado el DNI. También podrá votar si se presenta, por ejemplo, con un DNI triplicado y en el padrón figura que se le otorgó un duplicado. No podrá hacerlo cuando se presente a votar con un DNI libreta verde, habiendo gestionado el nuevo DNI tarjeta. El ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón. No se permitirá el voto de ciudadanos/as cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral ni de aquellos/as que presenten el “DNI en su celular”.

15) ¿Qué hacer si perdí el documento?

Para emitir el voto todos los electores deberán acreditar su identidad con alguno de los documentos habilitados. En caso de perderlo no podrán votar. Así, por ejemplo, no se puede votar con una constancia de DNI en trámite porque no se considera probatoria de la identidad del elector. Quienes no puedan votar por haber perdido el documento deben hacer la correspondiente denuncia de pérdida del mismo para luego justificar la ausencia.

16) ¿Serán válidos los votos de la primera vuelta?

Sí, la Junta resolvió que serán válidas en esta instancia electoral las boletas que fueron oficializadas para los comicios del 22 de octubre de 2023 en la categoría de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación de las fórmulas que encabezan Sergio Massa y Javier Milei, como también las que incluyan la fecha de 19 de Noviembre de 2023, que hayan respetado el diseño de las boletas utilizadas en la primera vuelta. Esto implica que en el cuarto oscuro de la mesa de votación correspondiente convivirán los modelos de boletas impresas para las pasadas elecciones generales y aquellas impresas con la fecha del balotaje. Incluso se puede utilizar la boleta “larga” de la primera vuelta electoral, con las categorías que se votaron en esa ocasión (diputados y Parlasur). Sólo se contabilizará la categoría presidente y vice.

17) ¿Qué hacer cuando faltan votos?

El presidente de mesa “debe verificar que existan en todo momento boletas de las agrupaciones políticas, y cuando falten las repondrá con la colaboración del delegado de la Justicia Electoral”, señala el sitio oficial. Y aclara que la responsabilidad de contar con las boletas para reponer es de los fiscales partidarios.

18) ¿Qué función cumplen las autoridades de mesa?

Los presidentes y vocales de mesa designados por la Justicia Electoral tienen el deber de “velar por el correcto y normal desarrollo del acto comicial en su mesa”. Su presencia es “obligatoria durante todo el desarrollo de los comicios”, indica la CNE. Se podrán ausentar solo “temporariamente” y “deberán dejar constancia de ello en el acta complementaria”. Recibirán una paga como contraprestación por su tarea.

19) ¿Qué sucede si las autoridades de mesa no se presentan?

“Se penará con prisión de seis meses a dos años a los/as funcionarios/as (...) y a los/as electores/as designados/as para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas, o en caso de hacer hicieran abandono de ellas”, consigna el Código Electoral Nacional.

20) ¿Dónde se pueden denunciar los delitos electorales?

La Fiscalía Federal N°1 de Tucumán con competencia electoral es la encargada de tramitar las denuncias electorales. Las vías de contacto para reportar posibles faltas previstas en el Código Nacional Electoral son: de forma presencial, en los tribunales de calle Las Piedras 418 (tercer piso); por vía telefónica, a los números 431-1209/2404; o al celular (381) 478-4048 (WhatsApp); o por e-mail, a la dirección fisfed1-tcm@mpf.gov.ar.