Hoy se activa la devolución del IVA que beneficiará a monotributistas, jubilados, trabajadores que no pagan el Impuesto a las Ganancias, cuyo mínimo no imponible recientemente fue modificado por decreto, y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo. La medida fue anunciada la semana pasada por el ministro de Economía, Sergio Massa.

En concreto, el programa "Compre sin IVA" busca beneficiar a 9 millones de personas que cobran hasta $708.000 mensuales. Para hacerlo, tendrá en consideración aquellas compras efectuadas únicamente de manera bancarizada: con la tarjeta de débito.

De esta manera, la iniciativa está concebida para reducir la carga tributaria de los productos que componen la Canasta Básica Alimentaria (CBA) que publica todos los meses el INDEC, y que marca cuál es el monto de ingreso que necesita un hogar para no caer en la línea de la indigencia.

Actualmente, ésta se ubica a $36.130 para un adulto, $88.880 para un hogar de tres integrantes, $111.642 para una casa de cuatro y $117.423 para una residencia de cinco miembros.

Devolución del IVA: cómo se compone la Canasta Básica Alimentaria

La Canasta Básica Alimentaria (CBA) es el conjunto de alimentos y bebidas que satisfacen los requerimientos nutricionales, kilocalóricos y proteicos de la población. El valor de ésta es utilizado en el país, con fines estadísticos, como referencia para establecer

La CBA se define sobre la base de dos criterios. En primer lugar, que su valor monetario permita adquirir los alimentos necesarios para alcanzar los requerimientos de energía, de acuerdo con la edad, el sexo y el nivel de actividad física de las personas.

Mientras que, por otro lado, es indispensable que dicha canasta cumpla con cierto equilibrio nutricional que asegure una adecuada calidad de la dieta. Para eso, se evalúa qué nutrientes aportan esas calorías; es decir, se contempla la participación de proteínas, carbohidratos y grasas.

La Canasta Básica Alimentaria del Instituto Nacional de Estadística y Censos, cuyos productos están afectados con la medida impositiva anunciada recientemente por Sergio Massa, está compuesta por:

Pan

Galletitas de agua

Galletitas dulces

Arroz

Harina de trigo

Fideos

Papa

Batata

Azúcar

Dulces: dulce de batata, mermelada y dulce de leche

Legumbres secas

Hortalizas: acelga, cebolla, lechuga, tomate, zanahoria y zapallo

Frutas: manzana, mandarina, naranja, banana y pera

Carnes: asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo y carne de pescado

Menudos (Hígado)

Fiambres: paleta cocida y salame

Huevos

Leche

Quesos: queso crema, queso cuartirolo y queso de rallar

Yogur

Manteca

Aceite

Bebidas no alcohólicas: gaseosas, jugos concentrados y soda

Bebidas alcohólicas: cerveza y vino

Sal fina

Condimentos: mayonesa y caldos concentrados

Vinagre

Café

Yerba

¿Cómo se aplicará la devolución del IVA para estos productos?

Según detalló el Ministro de Economía, la iniciativa se llevará adelante de manera automática en las operaciones realizadas con tarjeta de débito. Es decir: los beneficiarios no tendrán que efectuar 'ningún trámite para que, a las 48 o 72 horas hábiles, reciban el retorno.

"El sistema es automático, se habilita de manera automática a todos los comercios, supermercados y minimercados, verdulerías, carnicerías, fruterías, que venden este tipo de productos, porque está concentrado para lo que es alimentos y bebidas, frutas y verduras y carne centralmente, así como también los productos de higiene personal y de la canasta del hogar. De alguna manera con el objetivo de entender que la canasta básica esté cubierta y compensada por este beneficio", explicó el titular del Palacio de Hacienda.

El esquema de reintegro actual del tributo tiene un tope de devolución que ronda los $18.800. Con el objeto de profundizar el mecanismo de devolución, el Gobierno enviará a Diputados el proyecto de ley para que el beneficio se extienda hasta el próximo año y para incrementar el tope de devolución hasta $23.000 mensuales.