Daniel Molina, sacerdote acusado de abuso sexual e inhabilitado por 10 años por el Obispo de la diócesis de la Santísima Concepción, monseñor José Antonio Díaz, decidió -para seguir ejerciendo como cura de forma pública- separarse de la Iglesia Católica Apostólica Romana e incorporarse a un grupo conocido como "iglesia vetero-católica".

Ante esto, el Arzobispado de esta provincia emitió un comunicado advirtiendo a los fieles sobre las consecuencias canónicas y espirituales tras la decisión de Molina.  

"Los obispos de Tucumán, como padres y pastores del Pueblo de Dios, nos vemos obligados de advertir a todos los fieles sobre la gravedad y consecuencia espiritual de los actos que rompen la comunión con la Iglesia", arranca el escrito.

"Ciertamente, Molina fue exhortado de diversas maneras a no lastimar a la Madre Iglesia con un cisma. Su última respuesta fue que se trataba de una decisión indeclinable. Dicha decisión hace al padre Daniel incurrir en el delito de cisma, lo que significa ruptura de la comunión con la Iglesia y él mismo se aplica la excomunión. Del mismo modo, todos los fieles que acompañen la decisión de dicho sacerdote incurren en el mismo delito, rompiendo la comunión eclesial", continúa.

"No obstante, esta dolorosa situación puede sanarse con un humilde y publico acto de retractación que restituya la comunión dañada y los reincorpore a la Iglesia que siempre los estará esperando. La censura eclesiástica no es una condena irrevocable sino que es un doloroso llamado de una Madre a volver a la paz de la comunión, que está por encima de cualquier cosa. Por eso, como pastores preocupados del bien espiritual de los fieles, queremos exhortar, a toda la feligresía, a que no lastimen más el cuerpo de la Iglesia con el escándalo de un cisma", cierra el comunicado.

Qué había pasado con Molina

En mayo de este año, la inhabilitación de Molina fue consecuencia de un proceso canónico al que el Padre fue sometido, como respuesta a denuncias recibidas en su contra.

El proceso fue autorizado por la Santa Sede. Para resguardar la imparcialidad, el tribunal estuvo conformado por jueces ajenos a esta diócesis y a esta provincia.

Los jueces solicitaron la pena máxima que corresponde a la pérdida del estado clerical, pero por intervención de este obispado se redujo a la inhabilitación del ejercicio público del ministerio a diez años, con la posibilidad de una reducción a siete años.

Molina había quedado autorizado a celebrar la misa de manera privada, sin participación ni presencia de público.