Desde las 8 se desarrollan las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). En el país, el voto es universal, igual, secreto, libre y obligatorio, y todo elector que se encuentre habilitado tiene el deber, por ley, de votar. No obstante, los argentinos residentes en el extranjero no podrán participar de las primarias.
“En el caso de las PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias), los residentes en el exterior no votan. Lo hacen sólo en las elecciones generales”, detalla el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en su sitio web oficial.
Para poder votar es necesario ser mayor de 16 años y tener el DNI actualizado donde conste el domicilio en el exterior. En tanto, se puede votar de forma presencial entre las 8:00 hs y 18:00 hs en la embajada o consulado de la jurisdicción que le corresponda al elector, según el domicilio que figura en su DNI.
Por otra parte, en caso de haber segunda vuelta el 19 de noviembre, se puede votar en el mismo lugar donde se acudió para las generales.
Es importante señalar que, si no se realizó el cambio de domicilio en el exterior, para las generales hay que justificar la no emisión de voto.
¿Cómo justificar la no emisión del voto?
Si el elector es argentino y en su DNI figura un domicilio en la República Argentina, ya sea porque está viviendo en el exterior o está de viaje, tiene que justificar la no emisión del voto. Se realiza para cada una de las elecciones en las que estés ausente (elecciones provinciales, PASO, generales y eventual ballotage), a partir del día siguiente y dentro de un plazo de 60 días.
Para eso, debe presentar, por alguna de las siguientes formas, la documentación que acredite que el día del sufragio no estaba en el país:
-En línea: ingresar al Registro de infractores y adjuntar foto del pasaporte o documentación que acredite que en la fecha de las elecciones no se encontraba en la República Argentina.
-Personalmente: puede optar por alguna de estas opciones:
-Acercarse a la Embajada o Consulado Argentino más cercano a la ciudad en la que se encuentra en el exterior.
-Presentarse a su regreso ante la Secretaría Electoral que corresponda a tu domicilio en Argentina.
Cabe señalar que, si la certificación consular es emitida un día distinto de la fecha de la elección, deberá adjuntar documentación (pasaporte con sellos migratorios, constancias de pasajes, u otros) que permita demostrar que estaba fuera del país.
¿Quiénes están exceptuados de votar en las PASO 2023?
El artículo 125 de la Ley de Ciudadanía argentina, incorporada en parte en el Código Nacional Electoral, establece que los jóvenes mayores de 16 años y menores de 18, como los mayores de 70, no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no presentarse a sufragar. Por eso, en estos casos, la emisión del voto es opcional y de no participar de las elecciones, su ausencia no necesita ser justificada.
Además, pesar de que el voto en los comicios nacionales es obligatorio, la ley establece algunas otras excepciones para determinados grupos de personas:
Quienes estén a más de 500 kilómetros del lugar de votación y tener una justificación válida que impida el traslado.
Quienes estén enfermos o imposibilitados de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se debe presentar una justificación.
Quienes formen parte de organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.
Ser juez o auxiliar y estar en funciones durante la elección.