El juez de la Cámara Nacional Electoral (CNE), Daniel Bejas, aseguró que ese fuero del Poder Judicial está en “un continuo perfeccionamiento” para prevenir y combatir los delitos electorales, desde el clientelismo y el acarreo, hasta la sustracción de boletas y la falsificación de documentos. Y en la antesala a las PASO, el magistrado oriundo de Tucumán destacó los distintos actores que intervienen en el control del proceso electoral para dotarlo de transparencia. “Cualquier irregularidad es inmediatamente detectada”, enfatizó Bejas a LA GACETA.
-¿Es obligatorio votar en estas PASO?
-Las PASO son de carácter obligatorio en Argentina. Por ello, todos los electores entre 18 y 70 años que figuren en el padrón deben acercarse a las escuelas a votar. El voto es optativo para quienes tengan 16 y 17 años o sean mayores de 70.
Se espera que la incertidumbre económica se reduzca después de las PASO-¿Existen sanciones para quienes no voten?
-Quienes no emitieron su voto y no justificaron su ausencia dentro de los 60 días de celebrada la elección, quedan incorporados en el Registro de Infractores al deber de votar. Por ello, no podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Además, no podrán realizar gestiones o trámites ante organismos estatales nacionales y provinciales durante un año y tendrán dificultades para renovar el pasaporte y el documento. A su vez, el artículo 125 del Código Electoral dispone una multa de entre $50 y $500. También es necesario conocer que quien no vota en las PASO tiene el derecho y la obligación de votar en las elecciones generales del 22 de octubre. Como reflexión sobre este tema, considero que disfrutamos los derechos que una sociedad democrática nos da, y a veces no queremos cumplir las obligaciones, como ir a votar. En realidad, son las dos caras de una misma moneda: derechos y obligaciones.
-¿Habrá sanciones para las autoridades de mesa que no cumplan con su deber el domingo?
-La designación de una autoridad de mesa implica una carga pública irrenunciable; en cierta forma, es una contribución de los ciudadanos a los fines y supervivencia de la organización política. Es un servicio obligatorio que debe prestarse a la Nación, por lo tanto, su incumplimiento sin justificación genera sanciones. Su función es trascendental, ya que sin ellos no se puede dar inicio al proceso de votación de una mesa. Si no justifica su ausencia, se lleva a cabo un proceso que puede incluir sanciones de naturaleza penal. Desde 2019, los delitos y faltas electorales han pasado a ser competencia de la Justicia Electoral federal, la que mira con otros ojos, atenta a su especialidad, respecto del análisis que hacían con anterioridad los jueces penales, quienes no se detenían en estos temas frente a otros problemas más graves.
Las PASO: datos y curiosidades en su séptima edición-¿A qué atribuye la caída en la participación ciudadana?
-A 40 años de la recuperación de la democracia, estamos votando y eligiendo, lo que es la mejor forma de participación ciudadana en el sistema democrático. Más allá de que el voto es obligatorio, no puedo dejar de señalar que en Argentina hay amplia participación por tradición cívica. En nuestro país las elecciones para la ciudadanía son importantes y el ciudadano sabe que con su voto profundiza la democracia, elige sus candidatos y se involucra activamente en los procesos de toma de decisiones públicas que tienen repercusión en su vida. El número de votantes en nuestro país en relación a otras naciones siempre ha sido alto. La disminución (en la concurrencia) generalmente se produce en las elecciones intermedias, para legisladores, pero se incrementa a la hora de definir quién conducirá durante cuatro años los destinos del país.
-¿Considera que las elecciones en Argentina son transparentes?
-Sí, y se trabaja en tal sentido. A partir del momento de que en la mesa de votación se encuentran dos autoridades electorales que cumplen los requisitos para serlo -entre ellos, el de no estar afiliado a partido alguno-, con el agregado de que hay tantos fiscales como listas participantes que controlan el desarrollo de la votación y el escrutinio en mesa, me da la certeza de que cualquier irregularidad es inmediatamente detectada. Además, las dos actas idénticas sobre el resultado de mesa que elaboran las autoridades son firmadas por los fiscales de mesa, certificando el resultado. Y, por si fuera poco, cada fiscal se lleva una copia idéntica firmada, que trasladan a su lista. Este pequeño núcleo que se configura en cada mesa de votación en todo el país no es sino la representación del mejor sistema y control de una mesa de votación, atento al número de participantes con funciones e ideologías distintas.
Las PASO, entre la apatía y las expectativas-¿Hay alguna recomendación a los juzgados electorales de cada provincia respecto a eventuales prácticas de clientelismo?
-Conforme lo expresé, la Justicia Federal Electoral interviene en la totalidad de los delitos y faltas electorales, y delitos conexos. Para ello, estamos llevando a cabo un continuo perfeccionamiento. Es decir, se controla el clientelismo, acarreo, sustracción de boletas, demora u obstaculización de urnas, falsificación de documentos, impedir el ejercicio del sufragio o suplantar a un votante, etcétera. De producirse ello, se da inmediata intervención al Fiscal Federal Electoral. Además, la Cámara Nacional Electoral posee un Cuerpo de Auditores que colabora con los jueces federales electorales en el análisis de las rendiciones de cuentas y gastos de los partidos políticos. Para ello, están autorizados a requerir a la totalidad de los organismos nacionales y empresas privadas los correspondientes informes acerca de los aportantes, empresas contratadas y origen de los fondos. Si se detectara algún ilícito, como por ejemplo lavado de activos, de inmediato se procede a la tramitación de la causa penal.
-¿Qué valor tiene el escrutinio que se da a conocer la noche de la elección?
-El domingo a la noche, el escrutinio provisorio lo lleva a cabo la Dirección Nacional Electoral. Los resultados razonablemente se informan a partir del 25 al 30% de cargados los votos. El escrutinio definitivo lo efectúan las autoridades electorales en presencia de los fiscales partidarios, y comienza a partir de las 48 horas posteriores a la elección. Es importante destacar que el resultado que allí se obtiene es el único jurídicamente válido.
-Ante dudas sobre la elección, ¿dónde puede consultar el ciudadano?
-Desde la Cámara Nacional Electoral lanzamos un “Vot-A”, esto es un chatbot que contesta las dudas sobre la elección. Para ello, se debe registrar el número (+549)112455-4444 o ingresar al link directo wa.me/5491124554444. Ello generará un contacto de WhatsApp., que permitirá saber el lugar de votación; si somos autoridad de mesa; podremos hacer denuncias, entre tantas opciones que ofrece el sistema.
¿Qué función cumple la justicia electoral?
Daniel Bejas juró como vocal de la Cámara Nacional Electoral en diciembre de 2020. Así, este será el segundo proceso electoral en el que se desempeñará, luego de una larga experiencia como juez federal con competencia electoral en Tucumán y de las intermedias de 2021. “Este domingo se celebran las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), que están destinadas a definir en el país los candidatos de cada partido político para presidente, senadores y diputados -según cada provincia- y parlamentarios del Mercosur”, indicó a LA GACETA. El magistrado oriundo de Tucumán recordó que “la Justicia Nacional Electoral tiene competencias por un lado judiciales, ya que al pertenecer al Poder Judicial nos ocupamos de dirimir los conflictos antes, durante y después de la elección”. “Antes, en lo que tiene que ver con la oficialización de listas, candidaturas y boletas, que generan tanta discusión. Durante el acto electoral, participa en la observación de la normalidad del proceso electoral. Y después de las elecciones, desde el escrutinio general que tiene a cargo la Justicia se resuelven impugnaciones y reclamos. También actúa en materia de delitos y faltas electorales”, añadió Bejas. A su vez, remarcó que, en el caso de las PASO, “al ser primarias intervienen las juntas electorales de los partidos y de las alianzas”. “Luego, para la posterior elección general, ya no intervienen las juntas partidarias sino las juntas electorales nacionales. En cada provincia existe un juez federal con competencia electoral y a nivel nacional una Cámara integrada por tres vocales, que es tribunal de apelación sobre las resoluciones de los jueces de primera instancia”, detalló Bejas.