La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó hoy la expansión del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS), que se aplica a la adquisición de moneda extranjera para ahorro y a la importación de bienes y servicios.

El apartado b del artículo segundo de la Resolución General 5393  dispone la imposición del impuesto sobre el valor total de la transacción en la que se adquieren monedas y divisas extranjeras, sin tomar en cuenta, si corresponde, el costo de los servicios que se ven afectados.

“La tasa que se aplique en cada caso, según lo establecido en el inciso a) del artículo 39 de la Ley N° 27.541, y en los artículos 13 bis y 17 del Decreto N° 99/19 y sus modificaciones, se aplicará sobre el valor en pesos de la operación sujeta a impuesto”, señala la resolución firmada por Carlos Castagneto, titular del ente recaudador.

En consecuencia, el dólar solidario y el dólar Tarjeta (consumos en moneda extranjera por hasta U$S300 mensuales) se unifican al 30% del Impuesto PAÍS + 45% de Percepción Ganancias.

Según cálculos oficiales, esto afectará a poco más de 900.000 personas que compran U$S150 mensuales en promedio.

¿Cómo se aplicará el impuesto PAÍS a las importaciones?

La norma establece en su artículo segundo que este impuesto se aplicará al 25% en todas las categorías, con algunas excepciones: el sector de los fletes, al cual se aplicará un impuesto del 7,5%; los sectores de la Salud y la Educación, exentos según el artículo 36 de la Ley 27.541; los conciertos, que mantienen el 30%.

Asimismo, se confirmó la tasa del 7,5% para todos los productos (incluyendo los insumos agrícolas), excepto para: medicamentos y equipos para combatir incendios, exentos según el artículo 36 de la Ley 27.541; productos de lujo, que ya tienen una tasa del 30%; combustibles, lubricantes, bienes relacionados con la generación de energía, y productos e insumos intermedios vinculados a la Canasta Básica Alimentaria.

¿Cómo queda cada cotización?

Con estas nuevas regulaciones, el dólar mayorista ($271) seguirá determinándose en las operaciones diarias del llamado Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) mientras que el dólar minorista seguirá siendo una referencia publicada por las pizarras de los bancos ($283,50, según la pizarra del Banco Nación).

En base a la ampliación de la percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales, el primero en ser modificado será el dólar ahorro, el que pagan los que acceden a la compra de hasta U$S200 mensuales en sus bancos. Pasará a rozar los $496,12, desde los $464 que valía el viernes pasado.

El dólar ahorro pasa a equiparar al dólar tarjeta que se aplica a gastos mensuales en moneda extranjera que no alcancen los U$S300, que queda también en $496 por unidad.

Además, la administración de Alberto Fernández empezará a cobrar impuesto PAIS para el uso de dólares de un grupo de importaciones. Para el caso de los servicios, pagarán un 25% en términos generales, con algunos rubros que tendrán particularidades. Los fletes pagarán 7,5%, mientras que sectores como educación y salud estarán exentos.