Condenaron a prisión dos mecheras por un ataque en El Bajo

Condenaron a prisión dos mecheras por un ataque en El Bajo

Una de las mujeres deberá cumplir la pena en la cárcel por sus antecedentes.

Fiscal Carlos Saltor. Fiscal Carlos Saltor.

Dos mecheras que en diciembre de 2022 protagonizaron un violento ataque en la zona de El Bajo fueron condenadas, una de ellas con prisión efectiva, luego de que el fiscal del caso lograra demostrar los agravantes del delito que se les imputaba. La principal acusada ya había sido sentenciada con anterioridad tres veces, por lo que además se la declaró reincidente.

El hecho ocurrió el 27 de diciembre, cuando una mujer caminaba cargando a su pequeño hijo y con su marido por calle 24 de Septiembre, en El Bajo. Los tres habían salido a hacer las compras de fin de año. En cierto momento tres mujeres rodearon a la víctima, la empujaron y una de ellas aprovechó el tumulto para sacarle de la mochila una billetera en la que llevaba $36.000, un encendedor y un paquete de cigarrillos, para luego escapar corriendo. Ante los gritos de la víctima, su marido comenzó a perseguir a las ladronas. En la esquina de Balcarce y 24 de Septiembre una de las mujeres arrojó todo lo que había robado, pero ya se había apoderado del dinero. El hombre logró alcanzar a una de ellas cerca de calle Crisóstomo Álvarez, pero cuando la acorraló, otra de las acusadas le dio un puntazo en la cadera, aparentemente con una navaja. Mientras los tres peleaban llegaron policías que estaban en la zona y detuvieron a dos de las acusadas, mientras que la tercera logró escapar aparentemente con el dinero, ya que los $36.000 desaparecieron.

Los investigadores, además de los testimonios, lograron hacerse con evidencias físicas ya que el ataque quedó registrado en varias cámaras de seguridad.

Así llegaron a juicio Dolores del Valle Brito, de 39 años, y Roxana de los Ángeles Maldonado, de 35.

A la hora de los alegatos, el fiscal Carlos Saltor las acusó por robo agravado por ser en poblado y en banda. “Solicitamos -dijo el representante del Ministerio Público-una sanción que sea ejemplificadora, entendiendo acá no solo la decisión sobre la pena como una cuestión finalista, sino también como una cuestión funcionalista a los efectos de que este tipo de hechos no continúen ocurriendo como sucede cotidianamente en este caso”. Y por eso solicitó tres años de prisión para Maldonado, y cuatro para Brito. “Hay agravante porque es un lugar donde la víctima puede recibir auxilio, amparo, refugio, pedir ayuda y entiendo yo que a pesar de eso, si el autor de delito decide cometer el delito ahí está mostrando una temeridad que lleva a que el sistema penal lo considere un agravante. Tiene que ver ese agravante con esa temeridad con la que actuaron nuestras imputadas en ese lugar donde viven muchas personas, donde había muchas personas, pero, por supuesto, esa temeridad también genera algún tipo de actitud oportunista porque yo le agregaría que también aprovechan esa circunstancias de un lugar comercial en el cual esas horas circulan cientos o miles de personas y todas caminando muy cerca, oportunidad justa para que se concrete este delito que consumaron en esta modalidad que se conoce como robo de mechera, de pungas, o de carteristas en la jerga e incluso en los diccionarios de la Real Academia española”, agregó el acusador. Además advirtió que el ataque fue cometido por tres personas y que el robo se concretó, ya que el dinero nunca se recuperó. “La premeditación está más que demostrada”, concluyó Saltor.

A su turno, los defensores Iván Escobedo y Marcela Ledesma solicitaron la absolución de ambas mujeres aduciendo que no habían sido las protagonistas del robo y que se habían visto involucradas en una pelea cuando intervinieron al ver que un hombre golpeaba a una mujer. “Esta defensa -dijeron-, y en base a la duda razonable, al principio in dubio pro reo, va a solicitar la absolución de la señora Maldonado y de la señora Brito por el delito de robo agravado por ser cometido en poblado y en banda en los términos que fueron leídos por el Ministerio Público Fiscal. Entendemos que no ha habido o no se ha podido aportar elementos que puedan derribar, como ya dije, el principio de inocencia y en esta circunstancia la duda razonable debe pesar, atento que no se ha podido construir la verdad histórica en los términos de la teoría del caso”.

Sin embargo, finalmente, Guido Leandro Cattáneo, juez Penal del Colegio de Jueces y Juezas del Centro Judicial Capital, le dio la razón al fiscal Saltor y condenó a ambas mujeres, con prisión efectiva para Brito (cuatro años) ya que además tenía antecedentes, y condicional para Maldonado, quien además deberá cumplir una serie de requisitos como ponerse bajo control del patronato de la Oficina de Control de Acuerdos y Reglas de conducta y abstenerse de acercarse a las víctimas o de contactarlas por redes sociales.

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