Durante una audiencia realizada el día de ayer, el juez Alejandro Valeros, ordenó que Graciela Margarita Parientes (41 años), acusada de provocar que el niño de 10 meses que estaba bajo su cuidado se ahogara en la bañera y sufriera lesiones neurológicas irreversibles, continúe con prisión preventiva durante 25 días mientras avanza la investigación.
El hecho por el que se la acusa sucedió durante la mañana del pasado 16 de junio. Según la teoría del caso, Parientes estaba cuidando a la víctima mientras sus padres habían salido a trabajar. La mujer colocó al bebé en una bañera llena de agua, a pesar de que los padres del niño le habían dicho que no lo bañara, y se retiró de la habitación. Cuando regresó encontró al niño sumergido y prácticamente sin signos vitales. Los médicos del hospital Néstor Kirchner le hicieron tareas de reanimación y hasta el día de hoy el pequeño sigue internado en estado delicado.
Parientes fue imputada por el delito de abandono de persona agravado. El 19 de junio ya le habían dictado 20 días de prisión preventiva, a pedido de la auxiliar fiscal Andrea Carlino. La justificación de la medida solicitada en ese momento y reiterada ayer, es el latente peligro de fuga debido a la falta de arraigo de la acusada.
Según explicó Carlino, Parientes no contaría con un domicilio establecido ya que cuando la Policía fue a buscarla en los dos domicilios en los que podía estar, no la encontró. “No cuenta con un domicilio fijo, no tiene hijos, un empleo formal, ni cuenta con bienes a su nombre, prácticamente no tiene nada que la sujete a la provincia”, expuso.
Al no haber oposición por parte del abogado defensor, César Marcelo Cisneros, ni del abogado querellante Joaquín Olaizola, el juez Valeros dio lugar al pedido de la fiscalía y ordenó que Parientes continúe alojada en la comisaría 1° durante 25 días más mientras se realizan las medidas investigativas faltantes.
Cisneros, en diálogo con LA GACETA informó que desde la defensa están trabajando sobre el fundamento basado en la falta de arraigo en caso de que el MPF solicite una futura prórroga. Según explicó, los dos domicilios mencionados por Carlino son correctos. Uno es el que figura en el DNI de Parientes, que es en el que vivía junto a sus padres y a una tía; el segundo es el domicilio de su novio, que es donde vivía antes de ser aprehendida.
“El informe que presentó la Policía dice que la madre de su novio dijo que ella no vivía allí. Pero yo hablé con ellos y me manifestaron que no le dijeron eso a la Policía; así que intentaremos que la señora declare para que corrobore o informe bien sobre esta situación”, indicó. Además dijo que en caso de no poder fijar el domicilio de su pareja, intentarán hacerlo con la dirección que figura en su DNI.
Olaizola dijo que todavía faltan los resultados de la Ufed, el informe psicológico, analizar los videos de las cámaras de seguridad y algunas declaraciones testimoniales. También explicó que la situación procesal de Parientes depende de la evolución clínica del menor. “De producirse un resultado no deseado la expectativa de pena puede cambiar de tres a 10 años a un mínimo de cinco y un máximo de 15 años”. (Producción periodística: Micaela Pinna Otero)