Con una tasa de interés que supera a la inflación, el plazo fijo tradicional volvió a posicionarse entre las opciones que los ahorristas eligen. Por eso, el Banco Central dió una serie de recomendaciones para aprovechar este tipo de inversiones.
La institución que regula la actividad bancaria en el país emitió una serie de puntos a tener en cuenta. “Guardar el dinero en el hogar no genera ningún rédito. El Plazo Fijo ofrece un retorno conocido (la tasa de interés), es simple, es seguro y contribuye a la financiación de los clientes bancarios”, explica.
Entre las recomendaciones, la entidad reguladora destaca la importancia de “chequear la tasa de plazo fijo por Home Banking o por la banca de inversión” ya que los medios electrónicos suelen ofrecer mejores tasas de interés.
Las recomendaciones del Banco Central sobre el Plazo Fijo
- Por lo general, a mayor plazo, mayor es la tasa que el banco está dispuesto a pagar. Por ello, si el ahorrista planea una inversión a más largo plazo, debe consultar las tasas de interés por plazos de 60, 90, 180 y 360 días.
- Los plazos fijos que fueron captados a tasa superiores a la de referencia, y los que hayan contado con incentivos o retribuciones especiales diferentes de la tasa de interés, no se encuentran garantizados por el Seguro de Garantía de los Depósitos.
- Las operaciones de plazo fijo pueden hacerse en pesos o en dólares, y la tasa de uno y otro son diferentes.
- El dinero invertido quedará inmovilizado por lo que es importante estar seguro de que no se necesitará el dinero durante el tiempo de depósito elegido.
- Los plazos fijos en pesos son compensables, esto incrementa su seguridad ya que permite evitar el traslado del dinero de una entidad a otra. Al presentar un plazo fijo compensable en otra entidad, las opciones a las que se pueden acceder son: depositarlo en otra cuenta o constituir un nuevo plazo fijo.
- Chequear la tasa de interés en distintas entidades para optar por la mejor oferta de tasas de interés.
- No son compensables aquellos plazos fijos que poseen una modalidad específica (ej. precancelables, ajustables con cláusula CER, UVas, etc.) ni los que se hayan realizado electrónicamente (por cajero, Home Banking, teléfono, etc.), ya que es necesario poseer el documento físico para presentarlo en otra entidad.