El argumento que viene sosteniendo la vicepresidenta, Cristina Fernández, acerca de la presunta persecución político judicial en su contra no parece condecirse con la realidad. Ayer, la ex mandataria resultó favorecida con el sobreseimiento, por parte del juez federal Sebastián Casanello, en la causa conocida como “Ruta del dinero K”, en la cual estaba imputada como la supuesta autora ideológica del lavado de dinero que ejecutó el empresario Lázaro Báez.
Si bien la causa nació en 2013, el proceso contra la titular del Senado se había iniciado en 2016, a partir de la declaración, en calidad de “arrepentido”, de Leonardo Fariña. Este había afirmado que Báez le contó que la entonces presidenta le había preguntado si estaba sacando plata al exterior, porque así se lo habían informado en la embajada de Estados Unidos. Baéz y Fariña fueron condenados por lavado de dinero en un juicio oral, y la sentencia fue ratificada por la Cámara Federal de Casación Penal. Solo restaba definir la situación de la vicepresidenta, que contaba con una falta de mérito tras haber sido indagada.
La resolución de Casanello se da después de que el fiscal federal Guillermo Marijuán y las querellas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Unidad de Información Financiera (UIF) habían pedido el sobreseimiento de la ex mandataria. “No tengo dudas de la estrecha y directa relación personal entre Fernández y Báez”, afirmó Marijuán hace dos semanas. Y contó que estos habían mantenido 372 contactos telefónicos entre 2010 y 2013. Pero señaló que esas comunicaciones no alcanzan para vincular a la ex presidenta con el lavado de dinero, y que no había otros elementos en el expediente para inculparla. Ante ese dictamen, Casanello le pidió opinión a la UIF y a la AFIP. La semana pasada, ambas querellas coincidieron con el fiscal y pidieron el sobreseimiento.
“Frente a la solicitud del acusador y titular de la acción penal de sobreseer -acompañada por las agencias estatales-, la tarea del juez se encuentra acotada a examinar los requisitos de razonabilidad y legalidad de la petición, que en el presente caso se hallan satisfechos toda vez que la Fiscalía arribó a una de las soluciones previstas en el ordenamiento legal a través de un razonamiento lógico derivado del examen de las constancias que obran en el expediente”, afirmó el magistrado. Y con esta decisión la acusación queda definitivamente archivada; es decir, no habrá instancia de apelación, porque no hay partes que puedan proseguirla. La semana pasada la asociación civil Bases Republicanas había pedido ser querellante, para impulsar la investigación. Casanello rechazó el pedido. “Acontece a más de 10 años de iniciado el trámite, en un momento donde el proceso ha quedado sin acusador y con un objetivo puntual: solicitar la nulidad del último dictamen fiscal. Dicha demora conspira contra la demostración de la calidad de ofendida y en todo caso exhibe como real motivación un profundo desacuerdo con una posición concreta asumida por (Marijuán)”, argumentó el juez.
Contradicción
En cada ocasión que tiene ante sí un micrófono, la vicepresidenta lanza una diatriba contra la Justicia, sobre la base de que es víctima de una persecución política de lo que denomina el “partido judicial”. Empero, desde que volvió al poder, como segunda del presidente, Alberto Fernández, salió más favorecida que perjudicada por las sentencias que recibió en las distintas causas en las que está -o estuvo- implicada. De hecho, solo recibió una condena, en la causa coloquialmente denominada “Vialidad”: a seis años de prisión y a inhabilitación perpetua, por administración fraudulenta.
Pero con el de ayer, la ex presidenta acumula cuatro sobreseimientos en las causas conocidas como “Dólar Futuro”, como “Memorándum con Irán”, como “Hotesur-Los Sauces” y como “la Ruta del dinero K”. A estos se suma una absolución, a la acusación por asociación ilícita en la causa “Vialidad”. Grosso modo, la diferencia entre sobreseimiento y absolución radica en que el aquel se da durante las primeras etapas del proceso o por razones de forma -como la prescripción, por ejemplo-, mientras que la absolución se dicta al final de un juicio en el cual se han producido todas las pruebas.
En la mayoría de los casos, la suerte de la ex mandataria continúa, sin embargo, en manos de la Justicia. Salvo este sobreseimiento que, como se dijo, no será revisado en una instancia superior, los otros y la absolución sí continúan un derrotero por los despachos judiciales, y de seguro llegarán hasta los de los vocales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), los cuales son el blanco más recurrente de las invectivas de la vicepresidenta. Además, queda ver cómo se desarrolla la causa “Cuadernos de las coimas”, que fue elevada a juicio. Está acusada de liderar una asociación ilícita que cobraba sobornos para que diversas empresas particulares mantuvieran sus contratos con el Estado.