Ayer, la ministra de Trabajo, Kelly Olmos, y la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Ayelen Mazzina, anunciaron una serie de beneficios destinados al empleadas domésticas que se implementarían a partir del 1 de junio.
Las titulares de ambas carteras informaron que desde el mes próximo, mediante el Decreto 90/2023, más de 130.000 trabajadoras de casas particulares tendrán acceso a cobertura previsional por vejez, invalidez y fallecimiento, sin importar la cantidad de horas trabajadas.
Por otra parte, 400.000 personas serán incorporadas al Seguro de Desempleo “al igual que el resto de trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia”. La prestación será compatible con la percepción de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo y la Tarjeta Alimentar.
“Saldamos una deuda histórica con este sector”, declaró Mazzina en referencia al área que más mujeres emplea en toda la economía y la calificó como “uno de los principales motores de la vida social y productiva del país”.
Obra social para personal de casas particulares
Si sos personal de limpieza, mantenimiento otras actividades típicas del hogar; de asistencia personal y acompañamiento a miembros de familia o que conviven en el domicilio de tu empleador o de cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad, es importante que tu actividad esté registrada en AFIP para que puedas ejercer tus derechos, recibir tus aportes y acceder a estos beneficios.
Toda persona registrada como personal de casas particulares tiene acceso a una obra social y una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). La obra social debe garantizarte atención médica, internación y medicamentos como parte del Programa Médico Obligatorio y podés elegir un plan con diferentes o mayores beneficios abonando una cuota mayor.
Si estoy registrado, ¿pierdo la obra social de mi pareja?
La obra social de los trabajadores de la actividad es la Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares, aunque podés inscribirte en otra que vos elijas. En caso de que cuentes con la obra social de tu pareja y te registren en Afip, se deben unificar automáticamente en un plazo no mayor a 60 días los aportes de ambos a una sola obra social.
Si tu pareja aporta a una obra social en la que registra mayor antigüedad como beneficiario, los aportes serán destinados a esta pero podrán decidir si mantenerse en la obra social asignada o cambiarse a la otra disponible.