Autoridades de mesa: 10 puntos clave para actuar en las elecciones de Tucumán
Las 7.786 personas convocadas por la Junta Electoral Provincial (JEP) para oficiar como autoridades de mesa tendrán un rol clave en los próximos comicios. Y, con el objetivo de asegurar el normal desarrollo de la votación, el órgano de control publicó un instructivo destinado a estos ciudadanos.
Quienes se hayan registrado para cumplir con esta función recibirán un pago de $10.000. Y podrán percibir un extra de $5.000 en caso de realizar el curso de capacitación dictado por la JEP.
1) Horario de llegada
Las autoridades deberán presentarse en la escuela asignada a las 7.30, con su telegrama de designación y el DNI. Allí, será recibido por el delegado de la JEP, que entregará la urna y el material electoral. Además, deberá acondicionar el cuarto oscuro y acreditar a los fiscales, sobre los cuales la Junta advirtió que “no son autoridades”, sino que "representan a las agrupaciones políticas" y "no confeccionan ningún tipo de documentación".
2) El inicio de la elección
A las 8 se declara abierto el acto electoral. Entonces, el presidente de mesa deberá firmar el acta de apertura, junto al suplente y los fiscales acreditados.
3) Quiénes pueden votar
La JEP detalló que están habilitados a sufragar los ciudadanos registrados en el padrón, siempre y cuando se presenten con un DNI (de igual versión o posterior al que figura en la nómina). Además, el organismo advirtió que “durante todo el comicio se debe mantener el secreto de voto".
4) El procedimiento
El presidente de mesa deberá acreditar la identidad de los ciudadanos que se presenten a sufragar, luego, retener su DNI y entregar el sobre firmado (por la autoridad y por los fiscales que deseen hacerlo). "Una vez que el ciudadano se retire del cuarto oscuro, el presidente de mesa deberá controlar que deposite en la urna el mismo sobre que le había sido entregado", detalla el instructivo de la JEP. Luego, la autoridad indicará dónde debe firmar en el padrón, y a su vez rubricará el troquel del elector, que es la constancia de la emisión del voto.
5) Voto impugnado
El presidente de mesa podrá impugnar el voto del ciudadano “cuando a su juicio hubiera falseado su identidad”. En este caso, expondrá “el motivo de la impugnación, labrará un acta, que será firmada por el presidente y los fiscales impugnantes y tomará nota en la columna de observaciones del padrón”, entre otros pasos.
6) Cierre del acto electoral
A las 18 finaliza la votación y se cierran las puertas del establecimiento. Pero el presidente de mesa “se asegurá que voten las personas que aguarden su turno", indica el instructivo.
7) Tareas de escrutinio
Luego, la autoridad deberá pasar a realizar las tareas de escrutinio. Para ello, ingresará al cuarto oscuro junto a su suplente y a los fiscales partidarios. Allí, se labrará el acta de escrutinio, el certificado de escrutinio y el telegrama, entre otros pasos. Entre otros pasos clave, se deberá clasificar los sufragios (voto afirmativo; voto en blanco; voto nulo; votos recurridos).
8) Devolución de materiales
El presidente de mesa deberá depositar dentro de la urna las boletas clasificadas por agrupación y los sobres de los votos escrutados. Los votos nulos irán dentro del sobre en el que fueron emitidos, añade el video publicado por la JEP. Además, deberá depositar dentro de la urna el certificado de escrutinio. Luego, según detalla el instructivo, tiene que cerrar la urna “con la faja de seguridad tapando la ranura”, y “deberá firmar entre la faja y la urna”, junto a su suplente y los fiscales que así lo deseen.
9) En el bolsín plástico
El presidente de mesa deberá colocar en el bolsín plástico para devolución de actas: el padrón donde consta la firma de los votantes; las actas de apertura, de cierre y de escrutinio; las actas complementarias; y los sobres con votos de identidad impugnada y votos recurridos, si los hubiere.
10) Con el empleado de correo
El presidente de mesa deberá entregar personalmente al empleado de correo los elementos utilizados para el sufragio: el telegrama, la urna, el bolsín plástico para la devolución de actas y la bolsa especial para la devolución de útiles y material sobrante. El empleado de correo, a su vez, extiende un contra recibo con duplicado (uno para ser resguardado y otro para ser emitido a la JEP).