Columna: movilidad previsional

En los últimos años uno de los temas más sensibles del sistema previsional es la movilidad de las prestaciones previsionales, la cual si bien es cierto es una garantía constitucional, pero la normativa tuvo tantas modificaciones e incluso suspensión de su aplicación, que sistemáticamente se recurre a medias extraordinarias para poder equiparar el efecto de la inflación por sobre los haberes de los jubilados y pensionados.

Aumento para el mes de junio 2023

El gobierno nacional anunció un aumento del 20,92% para el mes de junio de este año, que se aplicará a todos los beneficiarios del régimen previsional general: jubilados, pensionados, jubilaciones por invalidez, pensiones no contributivas por discapacidad, de madres de siete hijos, prestación universal para el adulto mayor y las asignaciones universales por hijo.

Por aplicación del aumento anunciado, desde el mes de junio y hasta el mes de agosto inclusive tendremos un nuevo haber mínimo previsional y un nuevo monto de jubilación máxima. Recordemos que los beneficiarios tienen garantizada una jubilación mínima a la cual se llega al momento de la determinación del haber; dado que, si la primera liquidación previsional practicada por Anses diera como resultado un monto inferior al mismo, se pagará el complemento al mínimo.

Así es como el haber mínimo garantizado será de $ 70.938 desde junio y la jubilación máxima de $ 477.346. Respecto de este monto, tenemos que aclarar que por aplicación de la Ley 24.463, de solidaridad previsional, vigente desde el año 1995, a todo beneficiario que se le determine un primer haber previsional superior a la jubilación máxima, se le aplicará un descuento eliminando todo el excedente y abonando un haber previsional bruto del monto indicado; el cual es el tope máximo que tiene el Régimen jubilatorio general.

Bonos extraordinarios

Nuevamente, y a fin de paliar el efecto inflacionario sobre los ingresos de jubilados y pensionados del régimen general, el gobierno recurre a medidas adicionales para que los beneficiarios de haberes mínimos perciban un monto mayor.

Por estos próximos tres meses se dispuso el pago de un bono extraordinario, que no integra el haber y lo percibirán los beneficiarios que cobran desde un haber mínimo hasta dos haberes mínimos, ya sea que a esa suma lleguen con una prestación previsional o con dos (jubilación y pensión por fallecimiento)

A los $ 70.938 del haber mínimo se sumarán $ 15.000 en junio, $ 17.000 en julio y $ 20.000 en agosto de éste año, y ese modo irá decreciendo en función del monto del ingreso de los pasivos, hasta la suma representativa a dos haberes mínimos: $ 141.876, en cuyo caso el bono será de $ 5.000. El resto de los titulares de beneficios previsionales percibirá el aumento del 20,92% sobre sus ingresos, excluida la posibilidad de percibir bonos diferenciales.

Aumentos regímenes especiales

Desde marzo de 2023 los regímenes especiales tienen sus aumentos cada tres meses, pero cada uno posee su normativa de fórmula de cálculo de la movilidad, así por ejemplo los docentes nacionales tendrán un incremento del 27,33% el cual surge de la variación de los sueldos de los docentes activos con aportes a Anses, o remuneración imponible promedio docente del primer trimestre del año 2023, aplicable al aumento de junio a agosto del mismo año.

Los docentes universitarios e investigadores científicos por su parte, tendrán un incremento del 22,74% en el mismo período, es decir desde junio y hasta agosto de este año.

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