A partir de junio de 2023, el aporte para las empleadas domésticas vinculado a la cobertura de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) se incrementará. En tanto el porcentaje a la obra social y a la jubilación, es decir los aportes voluntarios, no se modificarán por el resto del año.
Vale recordar que la parte de ART se paga durante el mes en curso, mientras que la cobertura de salud y de jubilación se abona a mes vencido. Por este motivo, es que en este período que suben las remuneraciones, se incrementan las cuotas a la ART.
Los aportes obligatorios para empleadas domésticas tienen tres componentes que se actualizan según diferentes parámetros: uno de ellos se destina a la ART, que equivale a una proporción del sueldo; el segundo es la obra social, que aporta el trabajador, y el tercero que corresponde a la jubilación, que es una contribución patronal. Los últimos dos se incrementan una vez al año.
Empleadas domésticas: ¿Qué pasa si no llegó a las 16 horas semanales?
Aquellas trabajadoras de casas particulares que no completen las 16 horas semanales en un puesto y cuyo aporte sea menor, se pueden sumar los aportes de varios empleadores con menos de esa cantidad de horas para tratar de completar el monto mínimo mensual.
Si, de ese modo, no se llega al mínimo, la diferencia debe abonarse a través de aportes voluntarios mediante el formulario 575/RT, o a través de un volante electrónico de pago (VEP) que se puede generar en el sitio web oficial de AFIP.
¿Cuándo vence el plazo para los aportes de empleadas domésticas?
El pago mensual del aporte obligatorio vence pasados los primeros 10 días de cada mes, mientras que el aporte voluntario (diferencia o cobertura de grupo familiar) los días 15.
Se puede abonar con un Volante Electrónico de Pago (VEP) que se genera en la web de la AFIP o en forma manual a través del Formulario 102/RT.
Empleadas domésticas: cuánto cobrarán en junio de 2023
- Quinta categoría, tareas generales $ 777 la hora y $ 95.345 el mes con retiro. Y $ 838 la hora y $ 106.023 el mes, sin retiro.
- Cuarta categoría: $ 837 la hora y $ 106.023 el mes, con retiro. Y $ 937 la hora y $ 118.151 el mes, sin retiro.
- Tercera categoría: $ 837 la hora y $ 106.023 el mes.
- Segunda categoría: $ 887 la hora y $ 108.668 el mes, con retiro; y $ 973 la hora y $ 120.966 el mes, sin retiro.
- Primera categoría: $ 937 la hora y $ 116.966 el mes, con retiro; $ 1062 y $ 130.287, sin retiro.