La Justicia dio marcha atrás y finalmente investigará la denuncia que hizo el presidente del Colegio de Abogados, Rodolfo Gilli, contra el vicepresidente de la Institución, Martín Lucio Terán, en el marco de un duro enfrentamiento interno en la institución.
El caso se inició por el resultado de una de las asambleas en las que debía designarse un representante ante la Caja Previsional.
Según la presentación de Gilli, realizada ante la fiscalía, el vicepresidente de la institución, Terán, adulteró un acta ya que, según él, “están prohibidas las posteriores modificaciones de manera individual a las resoluciones transcritas en las actas de sesiones”.
El presidente aseguró que en la reunión del 8 de marzo de 2023 el vocal Gustavo Usandivaras mocionó que los delegados Julieta Tejerizo y Carlos Cajal sean designados ante la Caja de Previsión Social para abogados y que se pidió que la resolución fuera firmada por el vicepresidente a pesar de que, dijo, él (el presidente) estaba presente. Gilli, en la denuncia, afirmó además que la designación estaba siendo inválida ya que “los designados estuvieron en la misma lista que quieren controlar la Caja”. “El vicepresidente Terán, atribuyéndose las facultades legales del presidente, procedió a efectuar la comunicación legal a la Caja”, tras lo cual “advertí que esta comunicación carecía de validez en tanto a quien la ley y el reglamento facultaban para ello era a mí”, advirtió Gilli. Las designaciones de los delegados fueron aceptadas “produciendose un efecto jurídico”, dijo Gilli, ante lo cual presentó una denuncia por adulteración de documento público y por usurpación de autoridad en contra del vicepresidente de la institución.
En principio, la denuncia del presidente del Colegio fue desestimada “in limine” ya que “no se verifica un delito en el Código Penal” según la resolución tomada por la Unidad Fiscal de Decisión Temprana, con la firma de Fernando Ariel Zingale. “De una atenta lectura de los hechos que se denuncian, a criterio de este Ministerio Público Fiscal, los mismos no encuadran en una figura penal, por no hallarse presentes los elementos típicos constitutivos de alguna de las figuras que prevé el digesto de fondo”, remarcó Zingale en la resolución.
Sin embargo, pocos días después, en la Unidad Fiscal de Decisión Temprana y con la firma de Miguel Facundo González se decidió darle curso a la investigación por la denuncia. En la resolución se indica: ”Analizada la frondosa evidencia documental con que se acompaña la denuncia, la que por error técnico-administrativo no estuvo anexa al momento de la estudiarse y decidirse la improcedencia penal de la misma; considerando que, en virtud de las previsiones del art. 17 de la Ley provincial N° 5.233, el Colegio de Abogados de Tucumán cuenta con el carácter, los derechos y las obligaciones de las personas jurídicas de derecho público y con la categoría de organismo de la administración de justicia, de modo que su accionar institucional reviste el carácter de una función pública; mientras que los actos emanados de sus representantes, así como los documentos suscriptos por ellos poseen entidad de instrumento público en los términos exigidos por la ley penal para considerar que, ante una posible falsificación o adulteración podría estarse incurso en los delitos que atañen y dañan la Fe Pública; advirtiendo la necesidad de realizar un circunstanciado análisis de los hechos traídos a conocimiento de este Ministerio, y de ahondar la presente investigación a fin de colectar nuevas evidencias que permitan sustentar la posible comisión de uno y/o más delitos, o bien, proceder con las evidencias ya colectadas conforme a lo establecido por la ley procesal; dispongo: subsanar el decreto de desestimación de la denuncia realizada por Señor Presidente del Colegio de Abogados de Tucumán de fecha 14/04/23, reanudar la investigación de la denuncia realizada según su estado, notificar a las partes por la vía más expedita”.
Se espera que se comience a horas a recibir testimonios y pruebas para luego analizar si la causa avanzará o no.