En los procesos comiciales suelen producirse rarezas o curiosidades políticas que surgen básicamente de las necesidades partidarias, ya sea por una supuesta falta de dirigentes para ser postulados, bien por el exceso de ambiciones personales o por una mezcla de ambas. Se trata de las dobles y hasta de las triples candidaturas; es decir de aquellas personas que aparecen en las boletas aspirando a dos cargos (gobernador y legislador o intendente y concejal, por ejemplo) o a tres puestos en una misma sección electoral (intendente, legislador y concejal).
El miércoles a las 20 se sabrá si se repite esta maniobra política, y dónde, porque ya sucedió en 2019, cuando hubo 88 dobles candidaturas y una triple postulación: fue de intendente y concejal por Tafí Viejo y legislador por la sección oeste (el hombre de Fuerza Republicana consiguió la banca de edil). A varios la jugada les salió bien, por lo que no debe descartarse que se repita el 14 de mayo.
Esto es así porque la legislación no lo impide, y en materia electoral las picardías están a la orden del día cuando se trata de encontrarles flancos débiles a la normativa electoral; en ese sentido Tucumán es la capital de este tipo de “avivadas”. Hubo intentos legislativos por eliminar esta posibilidad que nacieron a la luz de especulaciones políticas para afectar a los adversarios y adoptadas de manera irregular.
Veamos. En 2015 se dio a conocer en marzo el cronograma electoral que disponía la votación para el 23 de agosto. En medio del desarrollo de ese proceso comicial, el 22 de mayo, el Gobierno aprobó dos normas que introducían modificaciones a la ley electoral 7.876 y a la orgánica de partidos políticos 5.454; se trataba de las leyes 8.781 y 8.782, cuya continuidad no implica una curiosidad numérica sino que refleja el apuro por avanzar con nuevas reglas electorales para limitar a alguna dirigencia. Existe jurisprudencia que básicamente establece que no se pueden cambiar las reglas de juego a mitad del río, o sea: no se pueden introducir modificaciones en las condiciones electorales una vez comenzado el cronograma.
Iniciativas que quedaron en el camino
¿Qué establecían esas dos leyes? Centralmente apuntaban a dos aspectos: 1- los candidatos a elecciones generales sólo podían hacerlo en una sola agrupación política y para una categoría de cargos electivos. 2- no podían ser candidatos a cargos electivos provinciales los ciudadanos que al mismo tiempo se postulen para otros cargos electivos nacionales, provinciales, municipales y/o comunales, en el mismo o diferentes partidos políticos, frente o alianza.
Además, se indicaba expresamente que en caso de presentarse a una candidatura a un cargo electivo nacional con posterioridad a la presentación de una candidatura a un cargo provincial, se tendrá por desistida de pleno derecho la candidatura al cargo electivo provincial.
El destinatario de estas triquiñuelas legales tenía nombre y apellido: José Cano, el radical que fue candidato a gobernador con la compañía de Domingo Amaya. Hubo presentaciones judiciales en contra de la aplicación de estas iniciativas que obtuvieron fallos favorables. Conclusión: ese año hubo dobles candidaturas de políticos que se postulaban a gobernador y a legislador (por Unión y Progreso Social y por el Frente de Izquierda de los Trabajadores, por ejemplo).
En 2019 también hubo dirigentes que aspiraron a dos y tres cargos. Y en breve se verá si sucede de nuevo. De hecho ya no hay nada que lo impida, por cuanto el Gobierno derogó las leyes 8.781 y 8.782 el 14 de diciembre de 2018 a través de la ley 9.139, dejando en pie una única condición: los precandidatos que se presenten en las elecciones internas y candidatos a elecciones generales, solo podrán hacerlo en las de una sola agrupación política y para una lista interna.
O sea, quedaron habilitadas las dobles y triples candidaturas porque cayeron todos los impedimentos, aunque nadie puede candidatearse por otro partido en una elección general una vez que haya participado de la interna de determinado partido político. Esta también es una picardía electoral, ya que obliga a no sacar los pies del plato en este caso; se condiciona a jugar en una sola estructura partidaria. O sea, si se perdió una interna, no puede salir por fuera.
Vaya otra curiosidad más de la elección de 2019. El 22 de febrero el Poder Ejecutivo convocó a votación para el 9 de junio y la Junta Electoral Provincial dio a conocer el cronograma electoral seis días después, el 28 de febrero. Lo llamativo fue que por la proximidad de la fecha elegida para la votación, el calendario fijaba dos fechas retroactivas al 11 de diciembre -antes de que el Gobierno decida llamar a comicios provinciales-: las del cierre del registro de electores y del reconocimiento de los partidos habilitados para participar de la contienda.
Fue un hecho inédito: fechas que se vencieron antes que se publicitaran, máxime si se comparan estas resoluciones con las referidas a la votación de este año. El PE llamó a elecciones -para el 14 de mayo- el 17 de octubre de 2022 -el día de la lealtad, un mensaje hacia sus propias filas- a través del decreto 3.404/1.
Lo hizo con ocho meses de anticipación. La Junta Electoral, siete días después, el 24 de octubre dio a conocer el cronograma electoral para el actual proceso comicial. Allí se disponía que el 15 de noviembre cerraba el registro de electores y de partidos reconocidos para participar de la elección.
En ambas citaciones hubo apuros, principalmente para sorprender y reducir los márgenes de maniobra de la oposición, aunque en un caso se hicieron fenecer fechas antes de conocerse la convocatoria a votación.
Retomando, si bien las dobles y triples candidaturas -el voto “Ginóbili”, por llamarlo de alguna forma-, se da más que nada en las secciones este y oeste; aunque bien podría producirse en la Capital.
Se han constituido sociedades políticas en la ciudad para fortalecer el acople -para que los dos primeros candidatos tengan chances de alcanzar bancas o bien los primeros en los puestos de legislador y concejal-, pero también podría haber algún dirigente que aspire a ser legislador o concejal por San Miguel de Tucumán en la misma boleta. La ley lo permite, por lo tanto esa posibilidad queda abierta, y está disponible. Especialmente para aquellos que quieren ocupar un espacio político en la provincia, ya sea para dar los primeros pasos en el ambiente o para consolidarse como una opción a futuro.
Menos votos para ser concejal
Los datos refieren que, por lo menos en la Capital, se necesitan menos votos para ser concejal que para ser legislador. Es decir, alguien que se postula para las dos bancas bien podría especular con que si no le alcanza para llegar a la Legislatura tal vez pueda arañar un puesto para el Concejo Deliberante. Además, pesaría en la decisión el nivel de inversión de campaña a realizar; si igual se tendrá que gastar en un trabajo apostando a un cargo, entonces por qué no presentarse a dos con los mismos recursos. Puede ser, y darse.
Veamos lo que dicen los números como para sostener tal aspiración. En 2019 para ser electo concejal por la Capital se necesitó un mínimo de 8.156 votos, que es lo que obtuvo Acción Regional (Gonzalo Carrillo Leito), para alcanzar la última banca de edil.
En la ciudad se presentaron 49 partidos para competir en el ámbito municipal, la mayoría de ellos siendo acoples. Sólo 14 estructuras pudieron imponer su candidato para cubrir las 18 bancas del cuerpo legisferante capitalino. Los votos totales alcanzados por esas 49 organizaciones fueron 360.894 y los que lograron poner un representante en el Concejo fueron 200.000.
Es decir, más de 160.000 ciudadanos se quedaron sin su candidato en esa institución de la democracia, lo que implica una afectación de la calidad institucional y del nivel de representatividad de los que resultaron electos. El acople lo hizo, se podría decir en una básica reflexión.
Para resultar electo legislador por la primera sección electoral, en cambio, se requirió de un mínimo de 8.669 sufragios, que los obtuvo el Partido de la Renovación y la Dignidad (Daniel Deiana) para alcanzar la última banca en juego; es decir, un poco más que para ser concejal, y eso que los cargos a cubrir son 19, uno más. En total, por la Capital, para el rubro legislativo, votaron 360.911 personas, entre 48 partidos que se presentaron para la lucha electoral.
Sólo 13 estructuras se repartieron las 19 bancas; entre todas ellas juntaban 174.000 adhesiones. O sea, 186.000 capitalinos no tienen un representante en la Cámara. En el juego de la democracia, el acople lo hizo.
Los mismos once
Un dato anexo, de los 14 partidos que pusieron un concejal o de los 13 partidos que pusieron un legislador, 11 se repitieron en uno u otro rubro: Fuerza Republicana, Hacemos Tucumán, Partido por la Justicia Social, Vamos Tucumán, La Marea Verde, Tucumán en Positivo, Militancia Popular, Movimiento Libres del Sur, Viva la Ciudad, Frente Solidario Laborista y Frente Justicialista por Tucumán.
Los números totales reflejan que casi dos tercios de las estructuras partidarias que se presentaron para competir en San Miguel de Tucumán se quedaron sin conseguir un cargo de legislador o de concejal, lo que indica que hubo una dura disputa territorial y que muy pocas se impusieron. Los antecedentes dicen que es posible que se repita esta situación en los comicios de mayo. Sin embargo, esta vez, porque el soberano está harto de la dirigencia política, contar con recursos no será suficiente garantía para acceder a un espacio de poder.