Ley de Narcomenudeo: Se abrieron unas 200 causas en tres meses

Ley de Narcomenudeo: Se abrieron unas 200 causas en tres meses

El 50% de los expedientes son por causas de comercialización. La polémica estrategia de la fuerza. Buscan nuevas alternativas

EL ÚLTIMO OPERATIVO. El domingo, en una causa por robo, los efectivos policiales encontraron 12 kilos de marihuana, el secuestro récord en el año. la gaceta / foto de diego araoz EL ÚLTIMO OPERATIVO. El domingo, en una causa por robo, los efectivos policiales encontraron 12 kilos de marihuana, el secuestro récord en el año. la gaceta / foto de diego araoz

A tres meses de haberse puesto en vigencia la ley de Narcomenudeo, por día se abrieron en promedio más de dos causas. De estos expedientes, según la información a la que tuvo acceso LA GACETA, más del 50% fueron por comercialización de sustancia, lo que habla a las claras del enquistamiento de las redes a lo largo y ancho de la provincia.

Después de más de siete años de demora, generada por falta de decisión política y planteos judiciales que llegaron a su fin cuando el vicegobernador Osvaldo Jaldo (que también fue el responsable de una segunda intentona legal) estaba a cargo del Poder Ejecutivo, se puso en marcha el 1 de diciembre pasado. Desde ese día, más de 180 expedientes se iniciaron en el Centro Judicial Capital y menos de 20, en el territorio que deben atender los tribunales de Concepción y de Monteros.

La diferencia fue planteada en las reuniones que conducía Jaldo con la cúpula policial cada 15 días. “¿Acaso no se vende drogas en el interior?”, le habría preguntado el funcionario a los uniformados. A partir de ese reclamo, se activaron las causas en ese sector de la provincia.

Más números

Según la información oficial, de los trámites iniciados, casi el 50% fueron por comercialización de drogas, el 19,3% por tenencia simple (no es para vender ni para consumir) y el 17% para consumo personal. Más del 3% de los expedientes fueron causas en las que se utilizaban menores para vender o la entrega en centros de detención (comisarías y cárceles).

En total, hasta el 8 de febrero, las autoridades secuestraron 1.012 gramos de cocaína, 3.339 gramos de marihuana, 1.586 pastillas y 44 plantas de marihuana. “Nos llaman la atención los bajos índices de cocaína, por más que debamos luchar por el microtráfico de sustancias”, explicó una fuente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Esto puede ser un indicativo de la modalidad de consumo”, añadió una fuente de la Secretaría de Lucha contra el Narcotráfico.

Pese a la oposición de algunos magistrados, durante la feria otros jueces aceptaron la destrucción de la droga en las causas que ya estaban cerradas. En total se destruyó el 54% de la sustancia decomisada. El resto sigue oculto en centros especialmente preparados para mantener los secuestros en secreto.

Prisiones preventivas

El alto de dictado de prisiones preventivas también es alto, teniendo en cuenta que esta medida privativa de la libertad debe ser considerada como una excepción y no una regla. Según los datos a los que accedió LA GACETA, en estos tres meses terminaron encerradas en un calabozo 41 personas, de las cuales 15 están cumpliendo el encierro con arresto domiciliario.

Más del 15% de los expedientes ya fueron cerrados gracias a las ventajas que ofrece la implementación del nuevo código. En ese sentido, hubo más de 10 condenas a través de juicios abreviados, de las cuales, más del 50% fueron con condenas efectivas.

También se lograron cerrar varios procesos con soluciones alternativas. Varios profesionales indicaron que, acertadamente, el Ministerio Público Fiscal, para las personas que no tienen antecedentes utilizaron probations que, como principal regla de conducta tienen la obligación de realizar un tratamiento de rehabilitación a las adicciones. “Estamos hablando de un chico adicto que vende para consumir. No sirve de nada encerrarlo, sino tratar de recuperarlo”, sostuvo un defensor oficial.

Al límite de lo legal

La puesta en vigencia de esta norma dejó al descubierto que más del 50% de los procedimientos no se iniciaron por causas vinculadas a la venta de drogas, sino que fueron realizadas por investigaciones originadas por robo. Los policías pedían medidas de allanamiento buscando algún bien y terminaron encontrando drogas.

Penalistas sostienen que esta era una estrategia que estaba a punto de cruzar la línea de lo legal. “Hemos visto medidas insólitas. Por ejemplo, la fuerza buscaba una moto y terminaron encontrando drogas en un placard. Es muy poco probable que el rodado sea ocultado allí. Se presentaron allí buscando otra cosa”, explicó el abogado Ernesto Baaclini.

Los investigadores sostienen que los transas cambian los botines de los robos por droga y esa es la razón por la que los procedimientos originados por delitos contra la propiedad terminan siendo de narcomenudeo.

En la Justicia creen que la Policía usa esa estrategia para desarticular los quioscos de venta de dosis para acelerar los tiempos. “Hay veces que nos exigen que registremos alguna operación y eso es imposible porque no tenemos los instrumentos necesarios”, explicó un comisario.

Jaldo, desde un primer momento, explicó que se harían todas las modificaciones necesarias para conseguir mejores resultados. “Tenemos que darles más herramientas a nuestros policías. El trabajo que están realizando con la Justicia es muy importante, pero hay que seguir avanzando”, dijo.

En ese sentido, en los próximos días se analizará en la Legislatura la posibilidad de realizar una modificación en el Código Procesal Penal para conseguir mejores resultados. Es la incorporación de tres figuras que facilitan las tareas de investigación: el agente encubierto, agente revelador e informante. (Se informa por separado las características de ellos)

La lucha contra el delito de comercialización de drogas tiene una ventaja con respecto a otros: con una simple denuncia anónima, los investigadores pueden actuar. No es necesario que se identifiquen y mucho menos, que aporten pruebas sobre sus dichos. Pero el digesto tucumano no contempló esta posibilidad. “Estamos trabajando con la ley nacional que sí habilita, pero sería mucho mejor que la tengamos en nuestras normas”, explicó una fuente judicial.

Proyecto de ley: buscan nuevas herramientas para conseguir más resultados en menos tiempo

En el año 2016 se aprobó y promulgó la Ley 27.319, conocida como una norma que daba herramientas a las fuerzas de seguridad para investigar delitos complejos. Autoriza a los agentes a conseguir pruebas de manera más rápida y efectiva. La Justicia Federal la está implementando con éxito desde hace bastante tiempo, pero en nuestra provincia no está incorporada al Código Procesal Penal. El vicegobernador pretende incluirla en las próximas semanas. Son tres las figuras que se pueden crear para hacer más exitosa la aplicación de la ley de Narcomenudeo en nuestra provincia. 

Ellas son:

- Agente encubierto: Es el funcionario de las fuerzas de seguridad que oculta su identidad y se infiltra en organizaciones criminales para investigar delitos complejos. La ley establece medidas para proteger la identidad y la vida de esa persona. Esta tarea es siempre voluntaria y el agente puede negarse a realizarla. Su simple testimonio puede ser clave para encerrar por muchos años a los miembros de una red de narcomenudeo.

- Agente revelador: Es el agente de las fuerzas de seguridad que simula interés en la compra de estupefacientes para investigar delitos complejos. La ley establece medidas para proteger la identidad y la vida de esa persona. Esta tarea es siempre voluntaria y el agente puede negarse a realizarla. La simple compra de una dosis de droga es suficiente para probar la comercialización. En Santiago del Estero, donde está vigente desde hace años esta norma, es una figura clave en la investigación.  

- Informante: es toda aquella persona que, bajo reserva de identidad, a cambio de un beneficio económico, aporte a las fuerzas de seguridad, policiales u otros organismos encargados de la investigación de hechos ilícitos, datos, informes, testimonios, documentación o cualquier otro elemento o referencia pertinente y útil que permita iniciar o guiar la investigación para la detección de individuos u organizaciones dedicadas al narcomenudeo.  

El trabajo que realice cualquiera de estas personas no sólo debe estar autorizado por un juez competente, sino que el control de la tarea que realizan es realizado por los funcionarios judiciales, ya sean fiscales o magistrados.

Comentarios