La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) brindan la posibilidad de que los titulares del monotributo puedan acceder a una conexión a internet de manera 100% bonificada.
Por otro lado, sigue en marcha el programa "Mi Compu": una financiación especial para la compra de computadoras.
Anses: cómo acceder a internet gratis
El Programa de Conectividad consiste en llevar internet gratis a los barrios populares. Para obtenerlo, es necesario tener o tramitar la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU).
En caso de precisar la asistencia, se debe seguir los siguientes pasos:
- Descargar la Declaración Jurada que se encuentran en la página web oficial del gobierno: argentina.gob.ar
- Completar el documento.
- Enviarla a los prestadores de los servicios que sean necesarios, a través de los canales de atención habilitados.
Anses: quiénes pueden acceder al programa Conectividad
- Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
- Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos -Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.
- Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
- Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y sus hijos entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.
- Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.
- Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.
- Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.
- Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218.