La diputada nacional del PRO Graciela Ocaña presentó una cautelar ante la Justicia con el objetivo de impedir que la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner cobre un retroactivo millonario por su doble pensión, como viuda del ex presidente Néstor Kirchner y por haber sido titular del Ejecutivo.
Ocaña le pidió a la Justicia que dicte una cautelar “con carácter de urgente ordenando al Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) que se abstenga de pagar un ilegal monto retroactivo”, y advirtió que “implicaría la consumación del delito de malversación de caudales públicos oportunamente denunciado”. La cifra retroactiva asciende a unos $176 millones.
La diputada de Juntos por el Cambio advirtió que “la Directora Ejecutiva de la Anses, Fernanda Raverta, desistió ilegalmente, con el manifiesto propósito de perjudicar las arcas del Estado en beneficio de su pública y notoria jefa política, de la apelación que había presentado el propio organismo contra la sentencia del juez de primera instancia”.
Ocaña mencionó que “la conducta de la Directora Ejecutiva de la Anses es contraria a derecho” y que podría incurrir en “la posible comisión de los delitos tipificados en los artículos 248 y 260 del Código Penal”. Se trata de los delitos de “abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos” y de “malversación de caudales públicos”, detalló Todo Noticias.
Para impulsar su acción, Ocaña citó una resolución de la Anses que establece: “Suspéndase mientras dure la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 ampliada por el Decreto N° 260/20, el pago de los haberes retroactivos en el alta de las prestaciones otorgadas en los términos del artículo 1° de la Ley N° 24.018”.
En esta línea también mencionó la resolución por la que la Anses “ordenó rehabilitar la asignación mensual vitalicia establecida en la ley 24.018 a favor de Cristina Kirchner” y remarcó que la resolución que estableció que el pago de los retroactivos que pudieran corresponder se encuentra suspendido.