Por segunda vez en menos de una semana, un fallo en una causa por narcomenudeo generó polémica. Una jueza se opuso al pedido del Ministerio Público Fiscal para que se destruya la droga en un proceso que ya había culminado. Las autoridades están preocupadas porque consideran que el acopio de sustancias pueden generar problemas.
El 7 de diciembre, el carcelero de la comisaría de Villa Mariano Moreno descubrió que la pareja y el padre de uno de los detenidos intentaban entregarle 11 gramos de psicofármacos y 14 gramos de marihuana para que consumiera dentro de la celda. Ambos fueron aprehendidos por orden de la Unidad Fiscal de Narcomenudeo que conduce José Sanjuán.
El expediente logró cerrarse a través de una salida alternativa. La defensora auxiliar María de los Ángeles Picón propuso que sus asistidos realizaran una reparación a cambio de que no se les inicie causa alguna. Al comprobar el fiscal que no tenían expedientes abiertos en su contra ni antecedentes penales, resolvió aceptar un acuerdo que consistía en abonar una suma de $25.000 y cumplir con ciertas reglas de conducta. Sanjuán los había acusado de tentativa de facilitación de estupefacientes.
Planteo
Al haberse cerrado la causa, el fiscal Sanjuán solicitó que la droga secuestrada fuese destruida. Pero la jueza Ana María Iácono rechazó el planteo. La magistrada basó su postura aplicando el artículo 30 de la ley 23.737 que establece: “en todos los casos, previamente, deberá practicarse una pericia para determinar su naturaleza, calidad y cantidad, conservando las muestras necesarias para la sustanciación de la causa o eventuales nuevas pericias, muestras que serán destruidas cuando el proceso haya concluido definitivamente”.
“Si bien es potestad del Ministerio Público la aplicación de un criterio de oportunidad para declarar extinta la acción penal, lo único que extingue irrevocablemente el proceso respecto de los imputados es el pronunciamiento jurisdiccional de sobreseimiento firme, momento en el que resultaría innecesaria la conservación de los secuestros obtenidos, atento la conclusión del proceso. Mencionando asimismo que la extinción de la acción penal resulta una causal de sobreseimiento y este no fue requerido por ninguna de las partes”, sentenció la magistrada.
Hace menos de una semana, en una audiencia donde se dictó la primera condena por la Ley de Narcomenudeo, la auxiliar Brenda Deroy, con instrucciones del fiscal Sanjuán, solicitó la destrucción de la droga que la Policía había secuestrado a la mujer condenada por tenencia simple, pero el juez especializado en narcomenudeo Guido Buldurini rechazó el planteo por el mismo motivo: antes de hacerlo debían realizarse las pericias correspondientes y dispuso que se la mantuviera hasta tanto la mujer cumpliera con la condena.
“Tenemos que tener en cuenta que no es conveniente tener almacenada la droga por diferentes motivos. Hay que entender que con el correr de los días se irán incrementando los secuestros y eso puede generar todo tipo de inconvenientes”, señaló Deroy, que pidió que al menos se reserve una cantidad de la droga para hacer las pericias y que el resto fuera destruido, pero el juez también rechazó este pedido.
Los fallos de los magistrados están ajustados a derecho, pero chocan contra la realidad. La Policía Federal, por falta de insumos, no realiza esas pericias, tal como se había comprometido en un convenio firmado meses atrás con el PE. La fuerza sí se comprometió a hacerlas en sus laboratorios de Salta o de Córdoba, pero sólo a partir de febrero.
La Justicia Federal, que hasta 30 de noviembre se hacía cargo de estas causas, tenía perfectamente determinado cómo era el sistema de destrucción de la droga. No las almacenaba, sino que sólo dejaba reservada una mínima parte de cocaína -con la marihuana no se puede hacer lo mismo porque el paso del tiempo afecta el THC- para realizar un análisis. Esa prueba, que era presentada en los juicios orales para determinar únicamente la pureza, sólo se hacía si es que la causa llega a juicio oral. En tanto que el resto se elimina. Si el expediente se resuelve a través de un juicio abreviado o cualquier otra solución alternativa, el material es destruido inmediatamente.
Legal y operativamente, la responsabilidad de controlar los estupefacientes secuestrados es del MPF, pero la custodia es tarea de la Policía. El Ministerio de Seguridad dispuso de tres depósitos -su ubicación se mantiene en reserva por obvias razones- para guardar la sustancia y el cuidado está a cargo de personas que fueron estrictamente seleccionadas.
El proceso de destrucción también fue establecido. El MPF firmó un convenio con la empresa 9 de Julio para utilizar sus hornos. Funcionarios de la Justicia y de la secretaría de Lucha contra el Narcotráfico son los responsables de controlar ese proceso.
Hasta la semana pasada, según los informes a los que tuvo acceso LA GACETA, en los depósitos había más de medio kilo cocaína, dos kilos de marihuana, 17 plantas de marihuana y 185 pastillas de psicofármacos.
“Cuanto más rápido se destruya el material incautado, menos inconvenientes tendremos y también podremos disponer de una menor cantidad de personal”, explicó el ministro de Seguridad Eugenio Agüero Gamboa. “No se trata de la cantidad, sino el valor de la sustancia que está a nuestro cargo. Más 100 papelitos (dosis) de cocaína no representa un gran volumen, pero sí tiene un valor económico importante. Un diamante o un kilo de oro no ocupan mucho espacio, pero su valor es muy grande”, ejemplificó el funcionario.
“Desde un primer momento acordamos con el MPF una política agresiva para destruir la sustancia secuestrada porque sabemos que pueden generar problemas. Insisto, el valor de los decomisos puede ser una tentación para muchos. Por eso la idea es eliminarla cuanto antes”, finalizó Agüero Gamboa.