Manzur, candidato a vicegobernador: un abogado insiste ante la Corte para intervenir en la causa

Manzur, candidato a vicegobernador: un abogado insiste ante la Corte para intervenir en la causa

Planteó un recurso de revocatoria contra la providencia dictada por la presidencia del máximo tribunal.

EN EL PJ. El jefe de Gabinete, Juan Manzur, junto al gobernador Jaldo. Foto de Twitter @JuanManzurOK EN EL PJ. El jefe de Gabinete, Juan Manzur, junto al gobernador Jaldo. Foto de Twitter @JuanManzurOK
21 Noviembre 2022

El abogado Gustavo Morales planteó un recurso de revocatoria en contra de la providencia de la presidencia de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) luego de que se rechazara su solicitud de intervención como tercero coadyuvante en la demanda promovida por el jefe de Gabinete, Juan Luis Manzur, para ser candidato a vicegobernador por el PJ en las elecciones de 2023.

El gobernador en uso de licencia recurrió al máximo tribunal de la provincia, patrocinado por Antonio Raed, para solicitar una acción de amparo que le posibilite ser segundo en la fórmula oficial en los comicios del 14 de mayo.

Manzur advirtió que, si bien la Constitución provincial prohíbe la reelección del gobernador, existe un "vacío" para el caso de que el titular del Poder Ejecutivo, tras cumplir los dos mandatos consecutivos, pretenda ser vicegobernador de Tucumán.

En este marco, Morales elevó un planteo para ser "tercero coadyuvante" de la Provincia, demandada en este trámite.

El martes pasado, el titular del máximo tribunal provincial, Daniel Leiva, había resuelto vía decreto no hacer lugar al planteo del abogado "por ser manifiestamente improcedente". Había reprochado que, para argumentar su interés legítimo en el proceso, Morales "se limita a transcribir, sin más, ciertas disposiciones de Tratados Internacionales de Derechos Humanos, sin conexión alguna con el pretenso interés esgrimido".

Los argumentos de Morales contra el revés judicial en la causa "Manzur"

Morales recurrió ahora mediante un recurso de revocatoria para insistir con su pretensión de participar de este proceso.

"Resulta extremadamente llamativo que no sólo Presidencia, sino también el resto del alto tribunal provincial omite advertir la ausencia de configuración de 'causa', 'caso' o 'controversia', sin necesidad incluso de una lectura exhaustiva, pues de los confusos e improlijos términos y groseros errores conceptuales que exhibe la malicienta 'acción' interpuesta por Juan Luis Manzur, se aprecia la falta de 'causa', 'caso' o 'controversia'", indicó.

Consideró además que "de esta monserga original del accionante participa la Corte de Tucumán porque si la trata como 'acción declarativa', conforme el artículo 89 de la ley provincial 6.944 (Código Procesal Constitucional), previo a todo trámite, debía 'rechazar in limine'".

"Si el órgano cimero local analiza el dislate técnico del ciudadano Manzur como 'acción de amparo', también debía 'rechazar in limine' el harto defectuoso planteo en tanto 'el perjuicio para la procedencia del amparo debe ser real, efectivo, tangible, concreto e ineludible. Se excluyen, pues, el amparo, los perjuicios imaginarios o aquellos que escapan a una captación objetiva. El daño que se pretende reparar será, por tanto, cierto", agregó el abogado, citando a Néstor Pedro Sagüés.

Y sostuvo que, "a modo de colofón, del árbol de Juan Luis Manzur comieron la manzana el ministro fiscal, la Corte de Tucumán y la Fiscalía de Estado de la Provincia".

REFERENTES DEL PJ LOCAL. Manzur, junto a Jaldo y a Mansilla. Foto de Twitter @JuanManzurOK REFERENTES DEL PJ LOCAL. Manzur, junto a Jaldo y a Mansilla. Foto de Twitter @JuanManzurOK

"Pero el derecho, a diferencia de la religión, no es un acto de fe, sino un campo de lucha de argumentos racionales y de contra argumentos", agregó Morales.

Afirmó que, "en primer lugar, se advierte que yerra la Presidencia cuando arguye que el suscripto no esgrime 'interés ni justifica la satisfacción del artículo 54 del Código Procesal Constitucional'". "Ignora Presidencia que la legitimación del suscrito tiene apoyatura en un precedente de la Corte de Tucumán, que es el expediente 108/07, juicio caratulado 'Iriarte, Luis y otra vs Provincia de Tucumán s/ inconstitucionalidad'", añadió en otro apartado.

"También Presidencia exhibe un supino desconocimiento del derecho porque otra fuente jurisprudencial del suscrito es la opinión consultiva 28/21, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos", argumentó Morales. Además, indicó que Leiva "ignora fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que permiten 'la intervención de terceros'; incluso, otorga legitimación a los fines de la interposición del recurso extraordinario federal"

Por todo ello, Morales pidió que "se imprima urgente trámite, con habilitación de día y hora", y mantuvo "la cuestión federal", reservándose la posibilidad de recurrir ante la CSJN.

En paralelo a esto, el intendente de San Miguel de Tucumán, Germán Alfaro (JxC), elevó también una presentación ante la Corte tucumana para solicitar su participación como tercero coadyuvante de la demandada en la demanda promovida por Manzur para ser candidato a vicegobernador. 

El máximo tribunal todavía no se pronunció respecto al caso del jefe municipal, que buscará llevar el expediente a la Corte de la Nación si recibe una respuesta negativa de la Justicia local.

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