Ley de Nietos: cómo demuestro que mis abuelos españoles fueron exiliados

Ley de Nietos: cómo demuestro que mis abuelos españoles fueron exiliados

a Ley de Memoria Histórica permite a los descendientes de españoles optar por la ciudadanía de ese país.

Ley de Nietos Ley de Nietos
01 Noviembre 2022

El pasado 21 de octubre entró en vigencia la Ley de Memoria Histórica, también conocida como Ley de Nietos, que permite a descendientes de españoles tramitar la ciudadanía española. 

La nueva Ley de Nietos permite que los hijos y nietos de personas nacidas en España y exiliadas durante el franquismo adquieran la doble nacionalidad de forma directa, sin necesidad de vivir en el país por un lapso mínimo determinado. Antes sólo podían solicitarla los hijos de ciudadanos españoles. 

Para iniciar el trámite, deberás completar una solicitud que es muy sencilla y se puede dividir en las siguientes etapas.

- Preparación de todos los documentos necesarios, incluyendo la realización del examen requerido de Conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE)

- Presentación de tu solicitud y resolución.

- Al recibir una respuesta, deberás realizar el juramento al Rey de España y la Constitución.

- Con el documento que se te entregará en el paso número 3, acudir a una comisaría local y finalmente obtener el pasaporte y DNI.

- Solicitar un certificado de concordancia para poder verificar tu identidad con todas las instituciones que todavía te tienen identificado/a con tu Número de Identidad de Extranjero (NIE).

Ley de Nietos: cómo demuestro que mis abuelos españoles fue exiliado

- Documentación que acredite haber sido beneficiario de las pensiones otorgadas por la Administración española a los exiliados.

- Documentación de la Oficina Internacional de Refugiados de Naciones Unidas y de las Oficinas de Refugiados de los Estados de acogida que asistieron a los refugiados españoles y a sus familias.

- Certificaciones o informes expedidos por partidos políticos, sindicatos o cualquier otra entidad o institución, pública o privada, debidamente reconocida por las autoridades españolas o del Estado de acogida de los exiliados, que esté relacionada con el exilio:

- Por haber padecido exilio sus integrantes, o por destacado en la defensa y protección de los exiliados españoles,
Por trabajar actualmente en la reparación moral y la recuperación de la memoria personal y familiar de las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura.

Asimismo, se presume la condición de exiliado de aquellos españoles que salieron de su país entre 18 de julio de 1936 y 31 de diciembre de 1955.

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