Anses: qué beneficios tienen los trabajadores en relación de dependencia

Anses: qué beneficios tienen los trabajadores en relación de dependencia

El organismo también brinda asistencia a empleados en blanco, monotributistas y autónomos.

Anses. Infobae
03 Octubre 2022

La asistencia de Anses no solo está destinada a desmpleados, jubilados y pensionados sino también a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas y autónomos.

Los subsidios van desde pagos por única vez, como los escolares, hasta asignaciones mensuales. Estos beneficios pueden ser solicitados de manera presencial, sacando un turno, o de forma online.

Anses: cuáles son los beneficios para los trabajadores en blanco

Asignación Familiar por Hijo (AUH)

La AUH le corresponde a todas las personas que tengan menores de 18 o discapacitados a su cargo. Alcanza a trabajadores en relación de dependencia; monotributistas; trabajadores temporarios con reserva de puesto de trabajo y trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

Para poder acceder, el ingreso individual no debe superar los $158.366, o del grupo familiar no debe superar los $316.731. 

Asignación Familiar por Nacimiento y Adopción

Se trata de un pago, por única vez, por nacimiento o adopción de un hijo. El mismo es percibido solamente por uno de los padres.

Quienes pueden acceder a este beneficio son los trabajadores en relación de dependencia (con un mínimo de 6 meses de antigüedad); trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo; personas que cobren la Prestación por Desempleo y quienes cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Por nacimiento, el importe es de $9.875 y por adopción la cifra se eleva a $59.058. Los ingresos individuales o del grupo familiar, no deben superar los $316.731 mensuales.

Asignación Familiar Prenatal

Se trata de un subsidio que se cobra todos los meses durante el embarazo. Se percibe hasta el momento del nacimiento o la interrupción del embarazo, siendo requisito haber superado las 12 semanas de gestación.

El ingreso individual o del grupo familiar no debe superar los a $131.208 mensuales. El monto percibido dependerá de la escala elaborada por Anses.

Esta pensión puede ser solicitada por trabajadores en relación de dependencia permanentes y de temporada; monotributistas de las categorías A hasta la H; trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART); trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo, y personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Asignación por Maternidad

Se trata del reemplazo del sueldo que cobran las embarazadas por los 90 días de licencia por maternidad. No hay tope de ingresos para percibirlo.

Pueden solicitarlo las trabajadoras en relación de dependencia  a través del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF); trabajadoras de servicio doméstico registradas y trabajadoras que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).

Ayuda Escolar Anual

Se trata de un subsidio por cada hijo en edad escolar, que se otorga a uno de los padres una vez por año. El mismo va desde los $5.343 a $10.654, dependiendo de la zona de residencia.

Es un apoyo económico para los titulares de asignaciones familiares o universales que estén en relación de dependencia, por cada hija o hijo en edad escolar (a partir de los 45 días y hasta los 17 años inclusive) o sin límite de edad cuando presenta una discapacidad.

Los ingresos individuales o familiares no deben superar los $316.731 mensuales, que es el tope máximo actual. Los hijos deben asistir a establecimientos educativos incorporados a la enseñanza oficial.

Asignación Familiar por Matrimonio

Se trata de un beneficio por casarse que se cobra por única vez. El mismo es de $14.788 y puede ser solicitado por ambos cónyuges, dentro de los 2 meses y 2 años de ocurrido el evento.

Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes que son de $316.731.

Puede ser solicitado por trabajadores en relación de dependencia; titulares de la Prestación por Desempleo; titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo; trabajadores de temporada y titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

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