El Banco Central resolvió aplicar nuevas normas para las billeteras virtuales. La decisión implica incorporar a las billeteras virtuales y a Proveedores de Servicios de Pago a las normas sobre “Protección de los usuarios de servicios financieros”. Oficilamente dijeron que se trata de un paso más para equiparar las normativas con los bancos.
La normativa entró en vigencia a través de la Comunicación “A” 7593 del Banco Central de la República Argentina. Esta nueva disposición que se emitió el 1 de septiembre, entró en vigencia a los 180 días corridos contados desde la difusión de esta comunicación.
Operadores de cambio
Hasta ahora, la norma sobre protección de los usuarios de servicios financieros únicamente incluía, como sujetos obligados, a las entidades financieras, a los operadores de cambio, a los fiduciarios de fideicomisos acreedores de créditos cedidos por entidades financieras, a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra, y a otros proveedores no financieros de crédito.
En adelante, los PSPCP y los PSI deberán observar las normas sobre Protección de los usuarios de servicios financieros. El objetivo es proteger a las personas usuarios respecto del accionar de las entidades, prevenir en las entidades situaciones de errores o incumplimientos y promover mejores prácticas en beneficio de las personas usuarias.
Además, se establece que los PSPCP y los PSI deberán presentar un informe de cumplimento efectuado por profesionales matriculados, con la pertinente certificación por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Los beneficios
- Mejor claridad en la información
- Reintegros de reclamos, débitos no consentidos o bonificaciones, en plazo con más intereses
- Protección de cláusulas abusivas
- Obliga a las billeteras virtuales a otorgarle ayuda al cliente de manera accesible.
- Asegura que los términos de la contratación puedan ser leídos, descargados y guardados de manera inalterable
- Los clientes podrán rescindir un contrato o hacer la baja de manera sencilla.