El cronograma electoral arrancaría en diciembre, si la elección fuera en junio del 23

El cronograma electoral arrancaría en diciembre, si la elección fuera en junio del 23

Para que los comicios puedan anticiparse, el Poder Ejecutivo debe acudir a la Justicia. Y si en los Tribunales avalan la medida, el Gobierno debe decidir si la votación se realizará antes o después de que pague los sueldos

PROCESO ELECTORAL. Tal como en 2019, en 2023 los argentinos deberemos volver varias veces a las urnas para elegir a las nuevas autoridades. PROCESO ELECTORAL. Tal como en 2019, en 2023 los argentinos deberemos volver varias veces a las urnas para elegir a las nuevas autoridades.

“En 2019 hemos votado en junio y creo que la fecha, hasta aquí, será junio. En nuestro espacio político vamos a respetar eso: no tenemos otra alternativa, otra opción, y tampoco está en la agenda del Gobierno ni del Partido Justicialista modificar esa fecha”, le adelantó el gobernador Osvaldo Jaldo a los periodistas Indalecio Sánchez y Gabriela Baigorrí en el noticiero de LG Play el 28 de abril pasado. Con ese anuncio, el vicegobernador a cargo del Poder Ejecutivo daba por iniciada, oficialmente, la temporada electoral 2023. Ahora, surge una situación que formaliza la “largada” de la carrera para disputar los 347 cargos electivos provinciales: ya hay un cronograma electoral proyectado.

Por supuesto, se trata de un boceto del calendario de plazos y tareas que deberían seguir los partidos políticos tucumanos ante la Junta Electoral Provincial para presentar candidatos a delegados comunales (son 93), a intendentes (son 19), a concejales (son 184), a legisladores (son 49) y a gobernador y vicegobernador. Para que estas previsiones se vuelvan realidad hacen falta, sustancialmente, tres situaciones.

A Tribunales

La primera es que el Gobierno inicie una causa judicial que le permita eludir el plazo establecido en la Constitución de 2006, a partir de la reforma concretada durante el primer Gobierno de José Alperovich, con Juan Manzur como presidente de la convención y con buena parte de las “autoridades superiores” de la provincia como convencionales. “La elección de autoridades se efectuará dos meses antes de la conclusión del mandato de las autoridades en ejercicio”, establece el inciso sexto del artículo 43 (“Bases del régimen electoral”). Como los gobernantes cumplen su período de gobierno el 29 de octubre de octubre de 2023, los comicios deberían convocarse, necesariamente, en agosto.

La única excepción prevista por la Carta Magna se encuentra en el inciso 5°: “El Poder Ejecutivo podrá convocar a elecciones simultáneamente con las elecciones nacionales si lo considera conveniente”. No es el caso. De modo que sólo el Poder Judicial puede autorizar el anticipo de la votación.

Curiosamente, el texto constitucional correspondiente a la reforma de 1990 (fue el reformado en 2006) establecía que los comicios provinciales se debían realizar 120 días antes de la caducidad de los mandatos. Es decir, se votaba en junio. El propio Alperovich resultó electo para su primer mandato el 29 de junio de 2003. Sin embargo, ya en el Gobierno, el oficialismo argumentó que una de las razones por las que había que modificar la Ley Fundamental consistía en que la “transición” entre la elección del gobernador y su asunción era “muy larga” y merecía ser reducida a la mitad del tiempo…

El antecedente

La segunda situación para que los tucumanos voten en junio (como lo hacían antes) consiste en que, precisamente, en los Tribunales hagan lugar a la propuesta de votar en junio. Hay un antecedente en favor de las aspiraciones del Gobierno, que es justamente el citado por Jaldo: en 2019 se sufragó en esa fecha. Aquella vez, Los magistrados Horacio Ricardo Castellanos y Juan Ricardo Acosta, de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, declararon inconstitucional el ya mencionado inciso 6 del artículo 43 de la Carta Magna, a instancias de un amparo promovido por Mariela Martín Domenichelli y Victor Arias, entonces presidenta y apoderado del Partido Frente Renovador Auténtico.

Los referentes massistas arguyeron que los comicios provinciales se realizan con demasiada proximidad respecto de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de la Nación, que se celebran el segundo domingo de agosto, según manda la Ley 26.571. “El inminente cronograma electoral 2019 restringe y altera con absoluta arbitrariedad derechos políticos constitucionalmente protegidos de nuestro partido”, plantearon en la presentación acogida por el Poder Judicial provincial. Ahora bien: la excepción aplicó sólo para ese caso. El Poder Ejecutivo debe realizar su propio trámite para esta nueva oportunidad. Por caso, las PASO no se celebraron en agosto sino en septiembre durante el año pasado, en un acuerdo entre oficialistas y opositores en el Congreso de la Nación en razón de la pandemia. Esa de la que se acaba declarar la cuarta ola en la Argentina.

Dos opciones

La tercera situación es netamente política, pero no menos decisiva: suponiendo que la Justicia allanara el camino para anticipar los comicios provinciales, ¿en cuál domingo de junio se celebraría la elección? Al respecto hay dos posturas en la Casa de Gobierno. Una, de “línea dura” plantea que la votación se concrete el primer domingo, es decir, el 4 de junio. La segunda, más pragmática, alega que ningún gobierno peronista puede convocar a una elección antes de que se hayan pagado los sueldos. Lo cual lleva el “Día D” al 11 de junio.

Si este es el caso, antes de la próxima Navidad comenzarán a vencer los términos del cronograma. A mediados de diciembre se cerraría el padrón provincia. El siguiente plazo operaría en febrero. Y desde entonces, políticamente, 2023 ya no tendrá paz.

Principales fechas del calendario electoral

FECHA TENTATIVA.- Si las elecciones provinciales se celebran el 11 de junio del año que viene, los plazos del cronograma electoral serían, aproximadamente, los siguientes.

LÍMITE PARA PARTICIPAR.- El 13 de diciembre de este año se cerraría el registro de Electores. Ese día, también, sería la fecha límite para que los partidos políticos que quieran presentar candidatos estén reconocidos oficialmente por la Junta Electoral Provincial.

EL QUE AVISA NO TRAICIONA.- Hasta el 10 de febrero de 2023, el Poder Ejecutivo provincial debería dictar el decreto de convocatoria de las elecciones, a través del Ministerio de Gobierno.

EL DÍA DEL AMIGO ELECTORAL.- Las autoridades de los partidos políticos que quieran conformar frentes o alianzas tendrán plazo hasta el 3 de abril para celebrar los acuerdos.

A LAVAR LOS “TRAPITOS” EN CASA.- Hasta el domingo 9 de abril, las agrupaciones políticas (partidos o frentes) deberán celebrar sus internas para definir sus candidatos, en caso de que no pudieren consensuar una lista única. En el caso provincial, son internas cerradas.

UNO POR UNO.- El 5 de mayo operarían tres vencimientos decisivos para la mecánica electoral. Ese día estaría listo el padrón definitivo de electores. Además, se determinaría la ubicación de las mesas (dónde vota cada quien). Y se concretaría la designación de las autoridades de mesa.

AQUÍ ESTÁN, ESTOS SON.- El 9 de mayo expira el plazo para inscribir los candidatos oficializados de cada agrupación. A las 20 de esa jornada se sabrá quiénes se postulan para disputar cuáles cargos. Por la misma razón, hasta ese día, y hasta esa hora, deberán estar registrados los acoples que concederá cada partido o cada frente electoral.

POMPA Y FANFARRIA.- El 12 de mayo (30 días antes de la celebración de los comicios) comenzará, legalmente, la campaña electoral. Por ello mismo, también en esa jornada se inicia la prohibición, destinada a los funcionarios públicos, para la realización de actos inaugurales de obras públicas. El día anterior habrá vencido el plazo para impugnar candidatos.

LOS CANDIDATOS SON BOLETA.- El 18 de mayo, a más tardar, los partidos y los frentes deberán presentar el modelo de boletas de sufragio. Una semana después, el 26, cada agrupación política deberá entregar a la Junta Electoral Provincial los votos testigos y el mazo de boletas que se ubican en cada cuarto oscuro para dar comienzo a la jornada electoral.

CONTROLAN A LOS QUE CONTROLAN.- Hasta el 5 de junio, los partidos y los frentes deben comunicar a quiénes han designado como fiscales generales para los centros de votación.

LAS HERRAMIENTAS DE LA DEMOCRACIA.- El 8 de junio comienza el envío de las urnas y de los útiles que se emplearán el día de la elección a los centros de votación. Se comienza con los destinados a las escuelas de alta montaña.

FINAL DE FIESTA.- El 9 de junio queda clausurada la campaña electoral y rige la prohibición de toda actividad proselitista. Junto con la veda electoral opera también la veda para la divulgación de resultados de encuestas.

EL “DÍA D”.- El 11 de junio se celebrarían los comicios provinciales, entre las 8 y las 18. Hasta las 21 de ese día está prohibido difundir encuestas “a boca de urna” y proyecciones de los resultados.

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