Se acerca un momento del año muy importante para los trabajadores en relación de dependencia. El momento en el que reciben el primer pago del sueldo anual complementario (SAC), más conocido como Aguinaldo. Es por eso que parece importante en estos momentos aclarar las dudas que nacen a partir de eso. Las principales son: ¿cuántos meses hay que trabajar para cobrarlo? ¿Deben ser incluidas las horas extras?
En relación a la primera, no es necesario trabajar durante un tiempo determinado para cobrarlo ya que si durante el semestre (de enero a junio) alguien no trabajó todos los meses (ya sea porque comenzó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) deberá cobrar el proporcional a los meses trabajados, aclaran la primera duda desde el sitio web TyC Sports.
“Cada trabajador o trabajadora deberá tener en cuenta que las horas extra o las comisiones se deben sumar al monto del salario del mes en el que fueron abonadas con el fin de calcular la mayor remuneración mensual obtenida”, agregan. Sin embargo, debemos resaltar que en caso de que el cronograma de trabajo se cambiara por un mutuo acuerdo y eso provocara que el empleado trabaje menos horas, de deberá evaluar de nuevo el mes con mayor ingreso, sin tener en cuenta el tiempo de trabajo.
“Además, para las mujeres, la licencia por maternidad no debe ser incluida como parte del aguinaldo ya que la trabajadora no percibe su salario, sino un subsidio familiar”, explican. Por ese motivo hay que considerar únicamente los meses trabajados en el semestre antes o después de tal licencia. Lo mismo rige para las licencias sin goce de sueldo, las cuales consideran para el cálculo del aguinaldo únicamente los meses en los que se abonó el salario.