Armando Zarlenga (h) deberá esperar para comenzar a cumplir con el arresto domiciliario que se le dictó ayer. Además de los informes solicitados por el magistrado interviniente, falta que se constituya una caución de $12 millones, una audiencia para controlar que todo lo pedido se cumpla, y luego pasará a integrar la lista de espera para que se le coloque el dispositivo electrónico y pueda abandonar la seccional 3ª, donde se encuentra detenido desde hace 12 días.
El deportista está acusado de homicidio culposo por conducción imprudente por haber atropellado y quitado la vida a los motociclistas Máximo Saldaño y Joaquín Morales Frank el lunes 25 de abril en avenida Mate de Luna al 2.700. Al día siguiente, el juez Gonzalo Ortega le dictó la prisión preventiva por 45 días. Los defensores Camilo Atim y Ernesto Baaclini impugnaron la resolución.
Ayer se desarrolló la audiencia (ver aparte) donde el juez Facundo Maggio resolvió aceptar parcialmente el pedido que hizo la defensa para anular la anterior sentencia. El juez de impugnación decidió modificar la modalidad de detención hasta que se cumplan los 45 días de prisión preventiva. No estará más en una dependencia policial, sino en su casa del country Las Yungas.
Los fundamentos
“La línea general que atraviesa mi decisión parte de una cuestión elemental del derecho procesal: el arresto domiciliario no significa absolución, ni la preventiva, condena”, argumentó el magistrado al fundamentar su resolución, que es inapelable.
Maggio también señaló que tomó esta decisión por dos razones. “El juez Ortega realizó una inadecuada fundamentación de algunos riesgos procesales que no son aplicables en este caso. Y, en otro sentido, al defecto en la evaluación para tomar otras medidas menos gravosas”, añadió, refiriéndose al arresto domiciliario. “Me parece que se puede garantizar el normal desarrollo del proceso con una medida como la que resolví aplicar”, sintetizó.
El juez de impugnación repitió en más de una oportunidad que la expectativa de pena no puede fundar el dictado de una prisión preventiva. “Las características de los hechos deben referenciar a conductas específicas y no solapar una procedencia de prisión preventiva por una expectativa de pena autónoma”, razonó.
El magistrado también tuvo palabras para tratar de explicar a las víctimas los motivos de su resolución. “Entendiendo el profundo estado de dolor que están atravesando; quiero aclararles que el objetivo del procedimiento penal es solucionar el conflicto con condena o absolución. Este cambio de medida de cumplimiento de prisión preventiva no significa ninguna de las dos cosas”, destacó. “Lo que sí puedo razonar es que esta es la mejor solución para que la investigación se lleve a cabo y culmine en el plazo más breve posible, ajustado a las reglas del debido proceso penal”, agregó.
Lista de espera
Maggio ordenó que ninguna de las medidas que debe cumplir Zarlenga puede ser sustituida por otras. Los responsables del Patronato de Liberados deberán realizar un informe donde expresa si se puede utilizar una pulsera en el country. En caso de que sea positivo, el acusado será inscripto en una lista de espera para que le coloquen el dispositivo. “Eso puede tardar días o semanas, depende del stock que exista”, explicó una fuente. El jefe de Policía, Julio Fernández, también debe contestar un oficio para determinar si los hombres de la fuerza están en condiciones de realizar controles periódicos y sorpresivos en la residencia de Zarlenga con el único fin de controlar que cumpla con lo ordenado. Tienen un plazo de 48 horas para contestar.
“Vamos a esperar. Queda por realizar una nueva audiencia para definir esta cuestión. Sin embargo, no es culpa del imputado que el Estado no tenga los medios para que se cumpla con una orden judicial. No se puede sujetar la libertad de una persona por un formalismo”, explicó Atim.
El querellante Jorge Lobo Aragón señaló que en las próximas horas pedirán que se realice una audiencia para una reformulación de cargos. “Con los últimos elementos conseguidos creemos que se lo puede acusar por homicidio simple por dolo eventual, lo que su situación procesal puede cambiar considerablemente”, indicó. “De todas maneras no es fácil convencer a una familia que sabe que el acusado estuvo sentado en una oficina de la comisaría viendo televisión y ahora estará en su casa en Las Yungas”, añadió.
“Estamos totalmente disconformes con la resolución. Consideramos que el peligro de fuga sigue latente por esta cuarentena monitoreada. Vamos a solicitar el cambio de acusación y agravando las posibilidades de que se escape”, indicó Carlos Herrera, representante de la familia Saldaño.
Después del fallo: hubo problemas en tribunales
“Van a cagar estos. Lo podrán mandar a la casa, pero de la comisaría no saldrá, les prometo”, dijo Raúl Flores, el amigo y compañero de trabajo de las víctimas después de haber conocido el fallo dictado por el juez de impugnación Facundo Maggio. Los familiares y allegados realizaron una protesta para exigir que continúe detenido y que sea trasladado al penal de Villa Urquiza. En un primer momento protestaron por avenida Sarmiento al 400 y después, se dirigieron hacia el edificio de España al 400 para esperar que saliera el acusado. Los defensores del imputado, por cuestiones de seguridad, abandonaron el edificio por otra puerta.
Las medidas que debe cumplir
- Cumplirá el arresto domiciliario con seguimiento de pulsera electrónica.
- Tiene prohibido concurrir a los espacios comunes del country (cancha de golf y club house)
- La Policía deberá realizar controles periódicos y sorpresivos para determinar si cumple con la orden judicial.
- Fue obligado a entregar su pasaporte en la fiscalía.
- Se debe enviar un oficio a Migraciones para informar que tiene prohibido abandonar el país.
- Tiene prohibido acercarse a los familiares de la víctima.
- No puede interferir con la investigación.
n Debe cumplir con reglas de conducta (se le prohíbe consumir alcohol y drogas).
- Ninguna de las medidas ordenadas pueden ser sustituidas por otra.
- La violación de cualquiera de estas imposiciones significará la anulación del arresto domiciliario.