Este lunes se llevó a cabo la segunda etapa del juicio oral y público contra Jorge Ariel Díaz (32), a quien el pasado 10 de marzo otro Tribunal lo declaró penalmente responsable del crimen de Jorge Roberto Soria (22). El fatal episodio tuvo lugar en Villa 9 de Julio, precisamente en inmediaciones de calles Blas Parera y Rafael Obligado, durante el mediodía del 6 de marzo del 2021. La víctima recibió un disparo en el pecho.
La causa estuvo a cargo de la Unidad Fiscal de Homicidios I, encabezada por Ignacio López Bustos. En su representación, en esta instancia del debate estuvo el auxiliar de fiscal Lucas Maggio, quien en un comienzo manifestó que la pretensión punitiva establecida por el Ministerio Público Fiscal era de 20 años de prisión. En tanto que la querella pidió 30 años y la defensa 10 años y medio.
“Estamos frente a un hecho verdaderamente grave. No solamente por la muerte de la víctima y el daño irreparable que eso conlleva, sino también porque este homicidio tuvo lugar en el marco de una situación que, de ningún modo, podía justificar la conducta del imputado. Se trataba de una discusión entre dos personas que se daba en el contexto de un conflicto entre familias, de las cuales ninguna era familia directa de la víctima. Estas personas estaban desarmadas, por lo que era un conflicto que no tenía un alto nivel de riesgo. En ese marco, Soria intentó interceder para apaciguar los ánimos y el imputado extrajo un arma de fuego y le disparó”, expresó Maggio en su alegato de cierre.
Durante esta audiencia se escucharon las declaraciones de tres testimonios solicitados por la Fiscalía. Se trató de Licenciados en Psicología que realizan su labor en el MPF, los cuales expusieron sobre el informe socioambiental del imputado, su psicodiagnóstico y el informe psicológico de la pareja de la víctima, quien se encontraba presente al momento del hecho.
Tras deliberar a lo largo de una hora, el juez sentenció a Díaz a cumplir la condena de 12 años de prisión por considerarlo autor del delito homicidio agravado por el uso de arma de fuego. Cabe mencionar que este se trató de un juicio de cesura, es decir, que tiene dos etapas: la primera, donde se establece la culpabilidad o no del imputado; y la segunda, en la cual otro tribunal determina el monto de la pena.
El caso
El 6 de marzo del 2021, en horas del mediodía, la víctima volvía de desayunar en compañía de su pareja y su cuñada, cuando presenciaron una discusión entre vecinos, un hermano de Díaz y el cuñado de Soria, cuyo conflicto tenía origen de vieja data. En esas circunstancias, llegó en una moto el ahora condenado, portando un arma calibre 9 milímetros. La víctima quiso interceder para detener la pelea. Sin embargo, Díaz, con intenciones de causarle la muerte, efectuó un único disparo en contra de la humanidad Soria.