1- ¿Por qué se levantó la cautelar que frenaba la aplicación de la ley?
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) basó el argumento en la crisis social, sanitaria y económica producto de la pandemia de covid-19 y su vinculación con un aumento en el consumo de drogas. Además, dijo que la realidad al momento del dictado de la cautelar impulsada por el Ministerio Público Fiscal (MPF), en agosto de 2020, era diferente a la actual. No obstante, reclamó al Gobierno que cumpla con una serie de pasos para que la aplicación de la ley sea efectiva. La decisión fue tomada por Daniel Posse (presidente), Antonio Estofán y el camarista Sergio Gandur (por la excusación de Eleonora Rodríguez Campos).
La Ley 9.188 -sancionada en 2019- permite que sea la Justicia provincial -y no la federal- la que tenga competencia en los casos de venta de drogas ilegales al menudeo en todo el territorio de Tucumán.
2- ¿Por qué la Corte revisó la decisión que había tomado en 2020?
Por pedido formal del gobernador interino Osvaldo Jaldo. En febrero, el vicegobernador en ejercicio del Ejecutivo solicitó al tribunal supremo que levantara las restricciones para poner en práctica la norma cuanto antes. Como no hubo respuestas del Poder Judicial, presentó oficialmente un escrito donde solicita que la Corte Suprema de Justicia resuelva un planteo que tiene frenada la puesta en práctica de la ley.
3- ¿Cuáles son los argumentos del mpf por los que interpuso la cautelar?
El titular del MPF, Edmundo Jiménez, afirmó que “no están dadas las condiciones” para que la ley entre en vigencia. “El Ministerio Público exige ciertas condiciones, tanto legales, técnicos, materiales y otros recursos, para poder aplicar la norma. De lo contrario, será muy difícil”, dijo en marzo (hasta ayer no hizo nuevas declaraciones). En un sentido similar se expresaron los vocales Daniel Posse y Claudia Sbdar (votaron en minoría), quienes consideraron que no se advierte que desde la cautelar se hayan modificado sustancialmente las circunstancias para la aplicación de la ley, sin desacreditar la incidencia que tendría la pandemia con el consumo de drogas.
El MPF también había interpuesto una cautelar a la primera ley que se aprobó en idéntico sentido en 2014.
4- ¿Cuáles son las acciones que la sentencia solicita que se tomen?
Uno de los puntos fundamentales del fallo de la Corte establece que se debe crear toda una nueva estructura judicial -prevista en la ley- para poder afrontar este tipo de delito. Para ello deben crearse cuatro fiscalías, ocho jueces y dos defensorías penales. “Si la norma se aplica en estos momentos generará que el sistema colapse porque ya estamos trabajando al límite”, señaló una alta fuente del fuero penal. Para que ello ocurra, el Consejo Asesor de la Magistratura debe llamar a concurso para cubrir esas vacantes, trámite que lleva su tiempo. Después, todos los aspirantes deben rendir, superar entrevistas y finalmente, ser elegidos por el gobernador y ratificados por la Legislatura. Este proceso, según confirmaron varias fuentes, puede llegar a tardar hasta 18 meses, en promedio.
5- ¿Se podrían cubrir los puestos con subrogancias?
En el Ejecutivo entienden que puede ser una posibilidad para implementar la ley lo antes posible. “La decisión del Poder Ejecutivo es achicar los plazos a los mínimos que exigen la ley. Hay que respetar los términos y los contenidos de la ley y del fallo, pero vamos a bregar por acortar los tiempos al mínimo posible”, dijo Jaldo. Fuentes judiciales, sin embargo, dijeron que no se podría nombrar subrogantes ya que los nombres que aparecen en la lista de posibles candidatos no son especializados en la materia. Otro detalle: no se contempló que ninguno de los magistrados sea experto en Niños, Niñas y Adolescencia para atender los casos en los que estén involucrados menores. Las últimas estadísticas a nivel continental dan cuenta que tres de cada 10 detenidos son adolescentes.
6- ¿De dónde saldrán los fondos para el cumplimiento efectivo de la ley?
La Corte instó en su fallo a que el PE realice la adecuación de las partidas presupuestarias hasta tanto se gestionen las transferencias de los créditos presupuestarios de la Administración Pública Nacional, Ministerio Público y Poder Judicial de la Nación.
Todavía no trascendieron los montos de la partida que debería aportar el Gobierno, pero sí hay una realidad: las provincias que se sumaron a esta norma la mantienen con sus propios recursos, ya que la Nación, no destinó (o no lo hizo en tiempo y en forma) los fondos que se había comprometido a hacerlo cuando pidió colaboración a los estados provinciales hace más de ocho años. El PE, en tanto, asegura que hay partidas provinciales a reasignar y que solicitará a la Nación la colaboración, tal como lo hace con las provincias fronterizas.
7- ¿Cómo puede impactar la vigencia de la ley a la crisis carcelaria?
“Puede impactar, pero hay un tiempo hasta que la ley se ponga en proceso”, dijo ayer el ministro de Seguridad Eugenio Agüero Gamboa. Y agregó: “pensamos que hasta entonces vamos a contar con por lo menos una de las alcaidías (que se están por construir). Eso nos va a permitir que no se agrave el sistema carcelario”. No precisó tiempos para que se ponga en vigencia la ley, dado que -dijo- la planificación depende de la Legislatura. Sin embargo, se estima que la construcción de las alcaidías demandarán unos 12 meses.
8- ¿La Provincia cuenta con la tecnología para cumplir con la ley?
Jaldo firmó en febrero un acuerdo con al Policía Federal para utilizar sus laboratorios en la provincia. Uno de los cuestionamientos que esgrimía el Poder Judicial para frenar la aplicación de la norma es que la provincia no contaba con un laboratorio para realizar las pruebas de campo (pericias clave que confirma o descarta si el material es droga) para comenzar con un proceso. Paralelamente, se vinieron haciendo trabajos con la Secretaría de Lucha contra el Narcotráfico. Afirman que sólo resta capacitar al personal judicial.
9- ¿Cómo se evaluará la aplicación y el control de la ley?
La Ley 9.188, modificada luego por la 9.212, marca en su artículo 12 que se deberá crear una Comisión Interpoderes integrada por: un vocal de la Corte; el ministro Público Fiscal (Jiménez); el ministro Pupilar y de la Defensa (Washington Navarro Dávila); la ministra de Gobierno y Justicia (Carolina Vargas Aignasse); el ministro de Seguridad (Agüero Gamboa); el presidente de la comisión de Seguridad de la Legislatura (hoy vacante); y tres legisladores (dos por la mayoría, uno por la minoría).
10- ¿El fallo de la corte puede ser apelado por el MPF?
Sí. De hecho, el PE no descarta que Jiménez pueda recurrir nuevamente a la Justicia. Según fuentes consultadas, tiene 10 días para solicitar algún tipo de medida. De lo contrario, la decisión quedaría firme.