La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) dio a conocer un programa en el que, a través de la actualización de sus bases de datos, se permitirá "identificar a las personas detenidas-desaparecidas durante la última dictadura cívico militar como 'víctimas de desaparición forzada'".
"Con esta política de reparación, avanzamos en el camino de reconstrucción de la identidad y la memoria de las víctimas del terrorismo de Estado en nuestro país y sus familias", señalaron en la repartición que conduce Fernanda Raverta, al dar a conocer la medida.
Añadieron que, de esta forma, "las y los familiares de las personas detenidas-desaparecidas podrán actualizar sus datos y vincularse con sus familiares en la base de Anses".
¿En qué consiste la medida?
A partir de la información proporcionada por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, la Anses confirmó que actualizará sus bases de datos "para que las personas detenidas-desaparecidas hasta el 10 de diciembre de 1983, sean identificadas como 'víctimas de desaparición forzada'".
"Desde ahora, las y los familiares de las personas detenidas - desaparecidas podrán actualizar sus vínculos familiares en la base de Anses", señalaron en el organismo.
Para hacer este trámite, se debe acudir a una oficina de la repartición, sin turno. Además, en la Administración aclararon que, previamente, los familiares de detenidos-desaparecidos deben contactarse con el Archivo Nacional de la Memoria de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Documentación
Para poder acreditar los vínculos familiares en las bases de datos de Anses, se deberá presentar la siguiente documentación:
- Si tenés a tu hija/o desaparecida/o: presentá su acta, partida o certificado de nacimiento. En caso de que tu hija o hijo haya nacido en el extranjero, el acta, partida o certificado debe estar traducido y legalizado o apostillado, informaron en el organismo.
- Si tenés a tu cónyuge desaparecida/o: presentá acta, partida o certificado de matrimonio. Si el matrimonio se celebró en el extranjero, el acta, partida o certificado debe estar traducido y legalizado o apostillado.
- Si tenés a tu madre y/o padre desaparecida/o: presentá tu acta, partida o certificado de nacimiento.
- Si tenés a tu hermana/o desaparecida/o: presentá acta, partida o certificado de nacimiento tuya y de tu hermana/o.
Si tenés a tu abuela y/o abuelo desaparecida/o: presentá acta, partida o certificado de nacimiento tuya y de tu madre o padre, según corresponda.