Yerba Buena: Campero cambió por decreto el Código de Planeamiento y Sangenis amenazó con ir a la Justicia

Yerba Buena: Campero cambió por decreto el Código de Planeamiento y Sangenis amenazó con ir a la Justicia

Se modificaron el Factor de Ocupación del Suelo y el Factor de Ocupación Total, que determinan el porcentaje máximo del terreno a ocupar con edificación.

POLÉMICA. El intendente de Yerba Buena, Mariano Campero, modificó por decreto el Código de Planeamiento Urbano de esa ciudad y el concejal peronista Alejandro Sangenis amenazó con ir a la Justicia. POLÉMICA. El intendente de Yerba Buena, Mariano Campero, modificó por decreto el Código de Planeamiento Urbano de esa ciudad y el concejal peronista Alejandro Sangenis amenazó con ir a la Justicia.
18 Febrero 2022

Un acto administrativo promete funcionar como la manzana de la discordia entre el intendente de Yerba Buena, Mariano Campero, y los concejales de esa ciudad.

Ocurre que el titular del Depertamento Ejecutivo Municipal firmó un decreto que molestó particularmente a los ediles. No solo porque consideran que el intendente resolvió por su cuenta una cuestión que sería atributo del cuerpo legisferante, sino también, y sobre todo, por el tema del cual se trata.

Hoy se conoció un decreto firmado por Campero, que lleva fecha del jueves 25 de noviembre del año pasado; es decir, de 85 días atrás. Pero la polémica no acaba en ese detalle. El documento en cuestión, N° 776, modifica el Código de Planeamiento Urbano de la ciudad. Más puntualmente, en un pintoresco sector de Yerba Buena.

"Defínase en las 25 manzanas que conforman la antigua Villa Marcos Paz, delimitada por avenida Aconquija hacia el norte, Boulevard 9 de Julio hacia el sur, calle Anzorena al este y calle Belgrano al oeste (...) un nuevo valor a los coeficientes FOS y FOT para emprendimientos en propiedad horizontal, tanto en obras nuevas como en ampliaciones y/o remodelaciones", dice el artículo 1 del decreto.

Los coeficientes mencionados mediante sus siglas significan Factor de Ocupación del Suelo (FOS) y Factor de Ocupación Total (FOT). Ambos, en conjunto, determinan el porcentaje máximo del terreno a ocupar con una edificación en planta baja.

El artículo 5 del documento, que también firmó Fernando López García -subsecretario de Infraestructura Pública, a cargo de la Secretaría de Planificación y Gestión de Infraestructura Pública y Servicios Urbanos- da bandera verde a la posibilidad de que se construya hasta una altura de seis metros.

Carta documento

Inmediatamente conocido el contenido del decreto, el concejal peronista Alejandro Sangenis le mandó a Campero una carta documento. "Proceda a declarar la nulidad absoluta e insanable al decreto 776 dictado por el intendente en violación del Código de Planeamiento Urbano y en forma claramente incompetente (...) y en violación del artículo 25 incico 28 de la Ley orgánica de Municipalidades que manda: 'son atribuciones y deberes del Concejo Deliberante (...) fijar la altura de los edificios particulares y las delimitaciones de la ciudad'", dice el texto firmado por Sangenis.

Sobre el cierre, advierte que irá a sede judicial en caso de que Campero no anule el decreto en cuestión. "Me reservo derecho de formular denuncia formal ante el Ministerio Público Fiscal", finaliza el edil.

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