Dólar ahorro: cómo pedir la devolución del 35% por las operaciones realizadas en 2021

Dólar ahorro: cómo pedir la devolución del 35% por las operaciones realizadas en 2021

A partir de hoy ya se puede solicitar la devolución de las retenciones que aplicó la AFIP.

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04 Enero 2022

Ya se puede solicitar las devoluciones de la percepción del 35% por operaciones en dólares realizadas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, previsto por la Resolución General 4815 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

A través de la página web, la AFIP dispuso el régimen de devolución de percepciones para las operaciones en moneda extranjera, ya sea la compra de dólar ahorro, compras en dólares con la tarjeta crédito, adquisición de servicios en el exterior a través de agencias de turismo o pasajes, entre otras.

Requisitos para acceder a la devolución del 35%

Para la solicitud de la devolución se necesita tener CUIT, Clave Fiscal nivel 2 o superior, informar a la AFIP el CBU en la que se acreditarán los fondos y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

Los requerimientos para solicitar la devolución son los siguientes: no estar inscripto en el impuesto a las Ganancias, ni Bienes Personales, ni que corresponda realizar dichas inscripciones; trabajar en relación de dependencia y no ser pasible de sufrir retenciones de impuesto a las ganancias por parte del empleador como agente de retención.

Para aquellos que no son alcanzados por Bienes Personales e Impuesto a las Ganancias los pasos a seguir son:

- Primero, informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada y poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

- Ir al servicio Devolución de Percepciones AFIP.

- Allí se encontrarán precargadas las percepciones practicadas en 2021 y que fueron informadas por los agentes de percepción a la AFIP. También se podrán cargar manualmente como en el caso anterior.

- Como el trámite es por cada mes en que fueron aplicadas las percepciones, hay que realizar una solicitud por cada mes.

- Se puede seguir el trámite hasta su culminación, a través del servicio “Devolución de percepciones”.

- El monto de las solicitudes aprobadas será transferido para su acreditación en la cuenta bancaria informada por el contribuyente al momento de realizar la declaración de la CBU.

La aprobación o rechazo de la solicitud está sujeta a controles sistémicos o verificaciones posteriores realizados por la AFIP.

De los dos impuestos cobrados por la AFIP, el RG (AFIP) 4815 del 35% y el Impuesto PAÍS del 30%, solamente se puede pedir la devolución del primero, ya que el segundo no es pasible de devolución al ser considerado un gasto.

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