En todas las investigaciones hay momentos claves. Hoy le tocará el turno a la causa del tirador que acabó con la vida de una joven empleada de limpieza en un centro comercial de Yerba Buena. Profesionales de la salud mental lo examinarán para determinar si puede ser imputado por el hecho que se registró el 13 de octubre.
Ese día, pasadas las 10, Gerónimo Helguera (29 años) se presentó en el lugar con una mochila. Se topó en el camino con Mariela Márquez (34), y con voz ronca, le preguntó: “¿Dónde está Ledesma?”. La joven le dijo que no lo conocía y llamó al guardia Luis Fabián Gómez para que lo atendiera. El portero se aproximó y, mientras lo atendía, el joven sacó una pistola Colt calibre 22 y le apuntó. El agente de seguridad quiso tomarle el brazo en el que tenía la pistola en el momento en el que disparó. El proyectil impactó de lleno en la cabeza de la trabajadora que se encontraba varios metros del lugar donde se produjo la pelea. Murió horas después.
Luis Pablo Franco, un mozo que trabaja en el bar del lugar, fue en ayuda de Gómez. Entre ambos lograron reducir a Helguera. Una vez que se encontraba indefenso, varias personas se arrimaron y comenzaron a golpearlo salvajemente.
Una comisión policial al mando del comisario Carlos Daniel Ruiz se presentó a los 10 minutos del hecho. Al trasladarlo a la comisaría de Yerba Buena descubrieron dos detalles: en sus oídos tenía puestos protectores auditivos y en su cintura tenía colocada una cartuchera de pistola y una vaina de un cuchillo de gran tamaño. Luego encontraron el cargador de la pistola con nueve proyectiles. Después requisaron la mochila que tenía el joven. Encontraron una caja con 29 proyectiles calibre 22, un cuchillo tipo cazador de unos 25 centímetros de largo, guantes de cirujano y de trabajo y barbijos. Se especuló que el detenido había planeado vengarse de un tal “Ledesma”, porque según trascendió, le había hecho bullying durante gran parte de su infancia. Los testigos que presenciaron el hecho dijeron que el joven habría gritado “vine preparado para hacer varios disparos”.
El proceso
Al día siguiente del hecho, se realizó la audiencia en contra de Helguera. La jueza Isolina Méndez ordenó que se detuviera el proceso en su contra hasta que una junta médica resolviera si era imputable o no, por lo que hasta el momento no recibió acusación alguna. Y lo hizo por la opinión de Gustavo Costal, psiquiatra del Equipo Científico de Investigación Fiscal. “Hay una alteración en su pensamiento. No hay otra idea que la de cumplir con el homicidio que se planteó realizar. Cualquier persona en sus cabales sentiría el freno que le genera la culpa o, por lo menos, el miedo”, puntualizó. “Este chico es una bomba de tiempo, debe ser internado de inmediato antes de que se haga daño o le haga daño a alguien más”, consideró. El profesional indicó además que Helguera no estaba en condiciones de declarar o de ser imputado.
La jueza Méndez, en su resolución, solicitó que se realice una junta médica para que emita un informe. Previo a ello, el fiscal Pedro Gallo solicitó que profesionales de la Suprema Corte de Justicia realizaran un psicodiagnóstico.
“Se infiere a modo de diagnóstico presuntivo, que el señor Helguera se inscribe desde el punto de vista de su estructuración en una psicosis (de tipo paranoica), que es uno de los modos de constitución psíquica posible, con sintomatología asociada a alexitimia (incapacidad para identificar las propias emociones) y dificultad en el lazo social exacerbada, sin componentes alucinatorios ni elementos que den cuenta de una desestabilización ni obnubilación de conciencia”, se puede leer en el informe que fue firmado por los licenciados Mariela Garvich y Emiliano Gato. Los profesionales señalaron: “está en condiciones de dar cuenta de sus actos y de reconocer las consecuencias de los mismos, sin que su cuadro psicopatológico interfiera en dicha capacidad”.
Dudas
Las contradicciones generaron más dudas que intentarán ser despejadas con la junta médica. Los profesionales de la salud mental, por pedido de todas las partes, solicitaron a los profesionales que:
1- Si sufre una grave alteración morboso de sus facultades o insuficiencia en las mismas.
2- Informe si representa un peligro para sí y/o terceros.
3- Si requiere o se sugiere internación en alguna institución pública.
4- Si pudo comprender en el momento del hecho a la criminalidad del acto y dirigir sus acciones conforme a esa comprensión.
5- Si puede presenciar y comprender una formulación de cargos en su contra sin que eso implique violación de su derecho a defensa.
6- Si existió o no al momento del hecho enfermedad mental en el imputado.
7- Cuál es el diagnóstico, pronóstico y tratamiento adecuado para dicha enfermedad en caso de presentar una.
8- Si el acusado, al momento del hecho se encontraba debidamente diagnosticado y tratado.
9- Si la patología representó algún riesgo para si o para terceros.
10- Si la enfermedad le permitió o impidió al momento del hecho sus actos o dirigir sus acciones de conformidad con esa comprensión. En su caso, en qué medida, intensidad o grado le impidió o le permitió comprender sus actos o dirigir sus acciones.
En el Obarrio
Helguera, después de que dos jueces enviaran tres oficios diferentes, finalmente fue internado en el Obarrio. Allí se encuentra medicado y custodiado las 24 horas por policías para evitar que se fugue. Los familiares de la víctima denunciaron que se encuentra en perfecto estado.
“Está con atención permanente y está tomando los medicamentos que le suministraron”, explicó Ernesto Baaclini. “Los resultados del trabajo de los profesionales son fundamentales para determinar cuáles son los pasos a seguir. Estamos expectantes al informe que surja de esta medida”, añadió el codefensor Camilo Atim Antoni.
En medio del proceso, según confirmaron fuentes judiciales, se sumó otro parte. El tal “Ledesma”, se presentó en tribunales y dijo haberse sentido afectado porque el habría sido el blanco del ataque. Nombró a Patricio Char como representante legal.
“El resultado de esta pericia será una especie de sentencia anticipada. Se definirá si debe ser sobreseido por su estado mental o si debe ser imputado por el crimen de Mariela”, indicó Humberto Castaldo, representante legal de la víctima.
Lo que dice el código: cuáles son los pasos legales que se deben seguir en este tipo de casos
El artículo 63 del código procesal penal es muy claro a la hora de establecer cómo se debe actuar en este tipo de caso. “La incapacidad por trastorno mental del imputado, que excluya su capacidad de entender los actos procesales, o de conforme a ese conocimiento, será declarada por un juez, a requerimiento del fiscal, previo examen pericial”, se puede leer.
También dispone que no impide la investigación. Si se confirma que la incapacidad existiera al momento de cometerse el hecho investigado, el juez declarará la inimputabilidad y dispondrá su sobreseimiento. Cuando correspondiere se dará intervención a la justicia civil”.
Además, ordena que, en los casos que corresponda, se dispondrá su internación y los profesionales deberán enviar informes periódicos sobre su evolución.
Las claves del caso
El 13 de octubre, Gerónimo Helguera se presenta en un centro comercial de Yerba Buena y realiza un disparo que hiere mortalmente a Mariela Márquez.
La jueza Isolina Méndez, al recibir un informe de un perito del MPF, frena el proceso en contra de Helguera y decide que sea revisado por una junta médica.
Un psicodiagnóstico establece que Helguera tiene una psicopatía, recomienda que continúe internado y asegura que puede declarar.
Hoy una junta médica examinará al joven de 29 años para determinar si es inimputable o si debe ser internado por cuestiones de seguridad.