Polémica por los monopatines eléctricos: ¿pueden multarme o llevarse mi vehículo?

Polémica por los monopatines eléctricos: ¿pueden multarme o llevarse mi vehículo?

Qué normativas existen a nivel nacional y provincial.

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Cada cierto tiempo, los gajes de sobrellevar el día a día en la ciudad nos ofrecen postales únicas. Entre ellas, hay escenas lindantes entre la risa e indignación que -cientos de clics después- se convierten en virales de internet.

El caso más reciente ocurrió el miércoles por la mañana y le pertenece a un video que muestra cómo inspectores municipales secuestran un monopatín eléctrico porque su dueño no llevaba casco.

“Estos tipos son un show; no puede ser”, se escucha de fondo en la grabación mientras el vehículo pasa de la esquina de avenida Avellaneda y Corrientes directo al corralón.

“Desde hace un año utilizo monopatín eléctrico para manejarme por la zona del centro y esta es la primera vez que me paran. La experiencia fue muy fea y considero exagerada la situación. En todo momento sentí un abuso de poder porque insistieron en que debían llevárselo y nunca explicaron bien los motivos ni las normas de las cuales se valieron”, detalla su propietario, Franco Rojas.

Sea para cuidar del medioambiente o reducir los costos de combustible, cada vez hay más tucumanos que prefieren comprar vehículos de movilidad personal (VMP) como los monopatines, bicicletas o patinetas eléctricas. Sin embargo, existe poca claridad sobre sus requisitos de uso, papeleo y multas pertinentes. ¿Qué debemos tener en cuenta?

Para arrancar es fundamental contar con un carnet; el mismo que se otorga a los conductores de motos. “La cilindrada de las motocicletas figura en la misma categoría que los watts de estos vehículos así que, quienes portan licencia para conducir motos de 50 cc o de 250 cc también están habilitados para manejar bicicletas y los monopatines a motor de cuatro W a 11 W”, explica Enrique Romero, subsecretario de Tránsito de la Municipalidad capitalina.

Según los registros, desde 2019, en San Miguel de Tucumán, se retuvieron 33 monopatines eléctricos. De ellos, la mayoría fue por no portar casco, pasarse la luz roja, ir en contramano y circular por la vereda o espacios peatonales.

“Durante la pandemia, el uso de vehículos afines se incrementó y en cuanto a las licencias tenemos registradas alrededor de 300. La verdad no sé por qué tanta gente se asombró con esa filmación dado que desde mediados de diciembre estamos intentando que la gente cumpla con el reglamento para los VMP”, agrega el funcionario.

Regulación

Aunque las intenciones de tomar conciencia ecológica y encontrar alternativas para el empleo del auto sean buenas, el abogado Jorge Rodríguez Robledo señala que a nivel nacional existe un vacío legal sobre el tema de los monopatines eléctricos y dispositivos similares.

“La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 no contempla este tipo de vehículos. No obstante, con su modificatoria (Ley N° 26.363) se dio paso a la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. En 2020, dicha entidad sacó una disposición administrativa en la que se sumaron detalles sobre la posesión y conducción de medios de transporte personal como estos”, detalla el especialista en Educación y Seguridad Vial.

En ese registro también figuran, por ejemplo, el scooter, segway, monociclo eléctrico y hoverboard.

Según informó Romero, en 2019. la capital se adhirió a una norma nacional por la cual los monopatines eléctricos quedaron contemplados dentro de la categoría de Vehículos de Movilidad Personal (MVP) y hay subclases en la licencia de conducir que también los etiquetan. Eso permitió -aseguró el funcionario- que los agentes de Tránsito puedan solicitar carnet de manejo y seguro a los conductores de estos rodados.

“Debemos aclarar que en Tucumán no existe una ley provincial específica y lo que se hace es una lectura e interpretación amplia de la ordenanza municipal que tipifica estos vehículos y del texto nacional del cual hablamos. Además, ante esta carencia, en el instante de retener el monopatín el juez de falta no cuenta con los elementos suficientes para sancionar al contraventor”, agrega Rodríguez Robledo.

Entre las iniciativas que quedaron a medias, en octubre se presentó un proyecto de ley (iniciativa del legislador Raúl Ferrazzano) para habilitar lugares específicos de circulación (del estilo bicisendas) y exigir la capacitación vial de sus conductores para prevenir accidentes.

Desde otra perspectiva, el siguiente paso relevante tiene que ver con la falta de estructura vial adecuada (por las calles angostas, baches y estacionamientos en doble fila) para fomentar la incursión de transportes más ecológicos.

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