Detalles de la prestación que no es jubilación anticipada

Detalles de la prestación que no es jubilación anticipada

Los beneficiarios del anuncio oficial, mujeres de 55 y varones de 60 en adelante, cobrarán el 80% del haber hasta que cumplan la edad

Detalles de la prestación que no es jubilación anticipada
28 Septiembre 2021

“La prestación anticipada por desempleo, que se encuentra en la agenda de DNU del Ejecutivo Nacional, es una medida paliativa y de acompañamiento para aquellos trabajadores que han perdido sus fuentes de trabajo y no tienen perspectivas de volver a ocupar un puesto laboral con aportes”.

Así describió la abogada previsionalista, Mercedes Melián, al beneficio que anunció el Gobierno para unas 30.000 personas -aproximadamente- que actualmente cumplen con los aportes pero no con la edad estipulada para jubilarse. El objetivo oficial es adelantar la edad jubilatoria a los 55 para las mujeres y a los 60 años para los hombres, y un haber del 80% hasta que cumplan la edad y comiencen a recibir el 100% de la jubilación efectiva. Pero algunos detalles del proyecto oficial los remarcó la abogada.

“Nuestro sistema de Seguridad Social sale al cruce de los altos niveles de desempleo actuales a partir de la pandemia que limitó el libre ejercicio de trabajar y obligó a muchas empresas a cerrar sus puertas o a reducir personal. La grave crisis social lleva hoy a reflotar la prestación, mal llamada ‘jubilación anticipada’, ya que no tiene este último carácter. Sería una prestación por desempleo”.

La especialista explicó que técnicamente no tiene intrínsecos los elementos esenciales de una jubilación, ya que “no cubre contingencia de vejez y no deja paso a una pensión en caso de fallecimiento”.

“Este punto puede llevar a confusión, pero se aclara que si un trabajador tiene los 30 años de servicios mínimamente, su viudo/a podrá tramitar una pensión directa del trabajador. Pensar un beneficio a partir de una prestación que abona el 80% de un haber, derivaría en juicios de reajuste por mala liquidación de pensión”, indicó.

“Insisto en que debemos enunciarlo y entenderlo correctamente”, subrayó Melián. “Los requisitos para acceder, que se encuentran en el borrador son: hombres a partir de los 60 años y las mujeres de los 55, y que se encuentren en situación de desempleo a partir de junio de 2021. Y no es para todos los desempleados. Tiene un estricto requisito, como es cumplir con los 30 años de aportes efectivos.”, advirtió.

“Como conclusión, es una muy buena medida para cubrir la contingencia de falta de edad con años de aporte para poder jubilarse. No está claro cómo se financiará el pago de esta prestación y su duración en el tiempo. Y falta afinar el lápiz en cuanto al porcentaje que va a representar y cómo se resolverá una situación similar con los monotributistas y los autónomos”, puntualizó.

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