Qué pasa si no voté en las PASO: el valor de las multas, dónde pagarlas y las consecuencias

Qué pasa si no voté en las PASO: el valor de las multas, dónde pagarlas y las consecuencias

El trámite para justificar el motivo de ausencia es virtual. ¿Se puede votar en las generales?

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14 Septiembre 2021

Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se realizaron el domingo en todo el país fueron las primeras en un contexto de pandemia. Para quienes no puedan justificar su inasistencia deberán pagar una multa.

En el artículo 125, el Código Electoral Nacional prevé una multa que va de $ 50 a $ 500 para el votante de 18 a 70 años que no se presente a emitir su voto en los comicios federales, y no presente un justificativo dentro de los 60 días hábiles posteriores a la elección.

Aun cuando no se trate de un monto de importancia, el infractor debe cumplir con el trámite del pago, porque, según precisa el artículo en cuestión, quien no lo haga no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales. 

Este plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de 60 días mencionados renglones arriba. El trámite para abonar comienza vía online: se debe ingresar al sitio infractores.padron.gov.ar. 

Allí se deben completar los espacios reservados a los datos personales y se debe ingresar un código de validación. Luego, se debe hacer clic en "Generación de boleta de pago de multa". 

Una vez resuelto ello, el sistema deriva a un menú de posibles medios de pago. Con la boleta impresa debe concurrir a la sucursal del Banco Nación más cercana y abonar allí. 

Luego de realizado el pago, no se precisa hacer ningún otro trámite, ya que la entidad financiera comunica automáticamente a la Justicia Nacional Electoral.

Si no voté en las PASO, ¿puedo asistir a las generales?

Otra de las dudas que surgen para quienes no se hayan presentado en las PASO, con o sin justificación, es si podrán votar en noviembre. De acuerdo con la CNE, la participación en las elecciones generales no se considera vedada por la inasistencia a las primarias.

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