Violencia de género: el fallo Osorez, una forma de reparar el daño a las víctimas

Violencia de género: el fallo Osorez, una forma de reparar el daño a las víctimas

Los jueces, además de absolver a la acusada de matar a su marido, ordenaron que reciba una reparación económica por su detención.

MOMENTO CUMBRE. La jueza Isabel Méndez sigue atentamente los dichos de su par Carolina Ballesteros. LA GACETA / FOTO DE INÉS QUINTEROS ORIO

Pasarán los años y en todos los tribunales del país lo citarán como ejemplo. El ya conocido como Fallo Osores es una sentencia que ordena restaurar el daño psicológico y económico a una víctima de violencia doméstica provocado a una mujer y a sus hijos que estuvo privada de su libertad -cumplió el arresto domiciliario- durante más de 11 meses por estar acusada de matar a su pareja, cuando en realidad, según los jueces, se defendió de un ataque.

Por unanimidad, el tribunal integrado por Carolina Ballesteros, Dante Ibáñez e Isabel Méndez dio por probado que Jessica Vanesa Osores (29) fue atacada por su pareja el 20 de septiembre de 2020 y ella le asestó cuatro puñaladas a Javier Gómez Vizcarra (25) que le provocaron la muerte.

El fiscal Carlos Sale, que estuvo al frente de la investigación del caso, con el respaldo de la querella, representada por el defensor oficial Pablo Cannata, solicitaron la pena de ocho años, ya que consideraban como atenuantes el contexto de violencia de género en el que se encontraba la víctima. El defensor de la acusada, Aníbal Paz, había pedido su absolución. Y los jueces terminaron inclinándose por ese planteo, ya que consideraron que Osores se había defendido.

El fiscal Sale había observado dos elementos para no creer en la versión de la imputada. En un primer momento, Osores dijo que Gómez Vizcarra había sido atacado por un grupo de asaltantes. Y también indicó que luego de haber reconocido ser la autora del crimen, señaló que lo hizo porque él la estaba asfixiando con sus manos, pero el médico que la revisó no encontró ningún rastro de lesión.

El tribunal no tuvo en cuenta esos supuestos. “La violencia de género que ejercía Gómez Vizcarra está fuera de toda duda. La credibilidad la misma no puede considerarse sólo con signos de agresión en su cuerpo, más aún en el contexto en el que se encontraba Osores”, dijo Ballesteros al hablar en nombre de todos los jueces. “La credibilidad de la primera versión que dio sobre los hechos tampoco puede acreditarse. Entendemos que es una razonable y entendible reacción de una mujer víctima de violencia de género que entró en estado de pánico”, agregó la magistrada.

Los jueces también le llamaron la atención al fiscal y al representante de la querella porque consideraron que en este caso hubo violencia cruzada. Los acusadores usaron esas palabras para referirse a que Gómez Vizcarra también sufrió hechos de violencia por parte de la absuelta. “Es inadmisible que se pueda considerar este cambio de roles en todos los casos de violencia de género y en este en particular. Una víctima, como la de este caso, que sufre violencia física, sexual y psicológica, entre otras, se defiende como puede y cuando puede. De ningún modo se puede considerar que se trate de violencia cruzada”, indicaron.

Más argumentos

Los jueces, a la hora de fallar, tuvieron en cuenta el marco de violencia de género que sufrió la joven durante años. Destacaron las palabras de varias testigos que relataron que Osores sufría violencia, física, psicológica y hasta sexual por parte del fallecido. También destacaron que Gómez Vizcarra se aprovechó del fallecimiento del padre de la mujer para agredirla aún más, ya que el hombre era la única persona que la alentaba para que lo denunciara.

“En las audiencias se probó que el fallecido no le dejaba tener contacto con el mundo exterior. También quedó comprobado que hasta llegó a obstaculizar las prácticas deportivas para poder superar el cuadro de depresión que sufría. En cambio él sólo le decía: ‘¡puta, para quién te querés poner linda!”, señaló Ballesteros.

El tribunal sostuvo que Osores recibía un trato similar a la tortura, según los parámetros que establecen las normas internacionales a las que se encuentra adherido nuestro país. “En base a la declaración de los testigos y los informes periciales, hubo racionalidad del medio empleado para provocar la muerte, la necesidad para proteger su vida y no se registró una provocación suficiente para no considerar que actuó en legítima defensa”, señalaron.

Pedidos

Los jueces, en la sentencia, solicitaron que se adopten medidas para restaurar el daño provocado a Osores y consideraron como excesivo el tiempo en el que estuvo detenida (con la modalidad de arresto domiciliario) hasta que fue absuelta. El planteo fue directamente apuntado a Sale, cuando en realidad él realizó los planteos que luego fueron aprobados por el juez Alejandro Tomas.

Entre otras medidas, los jueces dispusieron:

- Ordenar a las autoridades pertinentes para que incorporen al programa Acompañar, que es un beneficio económico que otorga la Nación para colaborar con las víctimas de violencia de género y todo su entorno familiar.

- Disponer que el Estado se encargue de brindar tratamiento psicológico a la mujer y a sus hijos.

- Solicitar a la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia para que el hijo con síndrome de down reciba el tratamiento que necesita y que no realizó durante 11 meses.

- “Para este tribunal no existieron los motivos necesarios para que estuviera privada de la libertad. Entendemos que debe ser reparada por los días en los que cumplió con el arresto domiciliario”, informaron. Por ese motivo, Osores deberá ser resarcida económicamente.

Importancia: “este es un fallo único y trascendental”

“Más allá de la absolución, lo más importante son las resoluciones que dictó el tribunal que lo convirtieron en un fallo único y trascendental”, opinó el defensor Aníbal Paz. “La sentencia es tan amplia y generosa que ahora deberemos seguir avanzando en lo resuelto. Tendremos que observar el cumplimiento de lo dispuesto por el tribunal en lo que se refiere a la atención social y psicológica de Jessica y toda su familia. Después se analizará en qué consistirá la reparación económica”, indicó. Por su parte, la Multisectorial de Mujeres celebró el fallo. “La absolución sienta un precedente para la lucha por los derechos de las mujeres en nuestra provincia”, indicaron en un comunicado de prensa. “Lo que le pasó a ella es lo que les pasa a las mujeres que en años de sufrir violencias, en algún momento, intentan defenderse. En medio de un golpiza muy fuerte, peleando, lo mató. Esto, que es una tragedia, les pasa a las que deciden defenderse porque el destino de las mujeres en contexto de violencia es el cementerio o la cárcel”, señalaron.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios