Los viajeros vacunados contra el coronavirus que lleguen a España procedentes de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Namibia y Sudáfrica, no tendrán que hacer desde mañana la cuarentena obligatoria de diez días, vigente desde junio, a partir de una decisión del Ministerio de Salud del Gobierno español de no prorrogar el decreto que vencía hoy.
Asimismo, se informó que podrán ingresar a España aquellos que tengan esquema completo de vacunas aprobadas por la EMA o la OMS, con el requisito de haber recibido la segunda dosis al menos 14 días antes del viaje.
Hasta el momento, las vacunas autorizadas por la EMA o la OMS son las producidas por Pfizer-Biontech, Moderna, AstraZeneca, Jansen/Johnson&Johnson, Sinovac y Sinopharm.
La vacuna Sputnik no figura en el listado porque aún no fue autorizada por la EMA
La orden entró en vigor el 27 de julio por un período inicial de catorce días, pero fue extendida el 7 de agosto hasta mañana, martes 24 de agosto, sin que se volviera a pedir una nueva prórroga.
La persona que viaje debe completar un formulario online en las 48 horas previas al vuelo, para generar un código QR que deberá presentar al ingresar al país.
¿Si me vacunaron con Sputnik V?
Por el momento, el fármaco producido por el Instituto Gamaleya, Sputnik V, no se encuentra en el listado aceptado para ingresar a España.
Sin embargo, si las razones del viaje son por motivo laborales o personales, como la enfermedad grave de un familiar, la persona que no esté vacunada o haya sido inoculada con algún inmunizante aún no aprobado, deberá presentar un PCR negativo emitido 48 horas antes de abordar el vuelo.
También puede ingresar si cuenta con un certificado médico en que se afirma que tuvo covid-19, que se recuperó hace más de 180 días y que detalle que desarrolló anticuerpos.
Finalmente, los menores de 12 años que ingresen junto a su familia, ya vacunada, no precisan estar vacunados.