La Justicia federal sobreseyó a la interventora del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi), Victoria Donda, en la causa que investigaba la supuesta oferta de un cargo o de un plan social a la empleada doméstica que trabajaba en su casa.
A poco más de siete meses de desatado el escándalo, el juez federal Sebastián Casanello decidió firmar la sentencia favorable a la ex diputada nacional, bajo el argumento de "inexistencia de delito" a lo largo de la investigación penal.
A fines de diciembre de 2020, el abogado Fernando Zarabozo formuló una denuncia penal en representación de Arminda Banda Oxa, quien prestaba servicios en la propiedad de Donda.
Según la presentación, la funcionaria y su empleada doméstica mantenían hace tiempo un conflicto laboral. Donda, asegura la denuncia, habría buscado superar el problema ofreciendo un contrato en el Inadi o un plan social a Banda Oxa.
El fiscal federal Guillermo Marijuán había resuelto imputar en febrero pasado a Donda.
Las sospechas del Ministerio Público Fiscal se fundaban en una conversación vía WhatsApp. Sin embargo, el juez Casanello concluyó que de la totalidad de las pruebas recolectadas “no se vislumbraba ningún tipo de resolución u orden dictada por la imputada Donda (...) que fuera contraria a la legislación vigente”.
A criterio del magistrado, en el expediente no había elementos que indicasen que, tras los diálogos de WhatsApp, se hubiera concretado la oferta de un cargo o de un plan social por parte de Donda a su ex empleada doméstica.
"La indignación que puede generar un diálogo entre partes estructuralmente desiguales para llegar a acuerdos injustos, los incumplimientos laborales de una empleadora y/o la naturalización de un uso inapropiado y poco ético de la función pública, no alcanza para formular un reproche penal si es que faltan los elementos del tipo penal", advirtió el juez.
En ese sentido, remarcó que el sobreseimiento "de ningún modo obsta a que, de corresponder, se activen los procedimientos" establecidos por la Ley de Ética Pública.
"Aquí simplemente se concluye que la conducta circunscripta por el representante del Ministerio Público Fiscal no reúne los requisitos típicos para configurar los delitos imputados. Esta decisión tampoco ha de limitar ni de poner en cuestionamiento la legitimidad del reclamo que Banda Oxa ha efectuado en la Justicia laboral", sostuvo Casanello.