El Gobierno nacional autorizó una suba del 5% en internet, en telefonía fija y en video cable

El Gobierno nacional autorizó una suba del 5% en internet, en telefonía fija y en video cable

La resolución del Enacom habilita un incremento retroactivo al 1 de julio.

ARCHIVO ARCHIVO
14 Julio 2021

El Gobierno nacional autorizó hoy una suba del 5% -retroactiva al 1 de julio- en los servicios de internet, de telefonía fija y de televisión por cable.

La medida entró en vigencia a partir de la publicación de la resolución 862/21 del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) en el Boletín Oficial de la República Argentina.

A través de dicho instrumento, se estableció que "las licenciatarias de Servicios de Telefonía Fija (STF), podrán aplicar un aumento, retroactivo al 1 de julio de 2021 y de hasta un 5%, en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas".

Además, en otro apartado se fijó en $ 25 (con impuestos incluidos" el valor del precio de recarga de 50 MB de datos móviles por día; en $ 0,38 el valor máximo del precio del segundo de voz; y en $5 el valor máximo del precio del SMS, para servicios móviles en la modalidad “prepaga pura”.

Los próximos valores máximos de los precios minoristas de "los servicios prestados por los Licenciatarios y las Licenciatarias de SCM en la modalidad 'prepaga pura' serán definidos por este Enacom", aclara la normativa.

Por otro lado, en el artículo 3° se determinó que las firmas licenciatarias de Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet (SVA-I), de Servicios de Telefonía Fija (STF), de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico y radioeléctrico (SRSVFR), así como las empresas de servicios de comunicación audiovisual de radiodifusión por suscripción mediante vínculo satelital (DTH) "podrán incrementar el valor de todos sus precios minoristas hasta un 5% retroactivo al 1 de julio de 2021".

"La presente medida no abarca ni alcanza a los precios de las Prestaciones Básicas Universales Obligatorias", aclara la resolución.

El Enacom advirtió que "cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado" por las empresas y "que supere los valores expresamente autorizados", deberá "ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas".

En 2020, en el marco de las medidas de emergencia aplicadas durante la crisis sanitaria, el Gobierno nacional había congelado los precios de los servicios de telecomunicaciones, y había prohibido además el corte en las prestaciones por falta de pago.

En 2021, en cambio, comenzó a autorizar incrementos de manera paulatina para las compañías de los diferentes rubros que están bajo su competencia.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios