Desde hace un tiempo residentes de barrios privados y de countries cercanos a Yerba Buena vienen reclamando a los comisionados rurales de su zona de influencia una mejora en los servicios que esas jurisdicciones deberían atender, como el mantenimiento de las calles exteriores, la iluminación publica o una mayor atención en materia de seguridad. Esos reclamos vecinales fueron canalizados por el concejal de Yerba Buena, Alejandro Sangenis, que remitió a la Legislatura un proyecto de ley, mediante el cual propicia la modificación de la Ley 5.530 que establece los límites y las categorías de los municipios del interior.
En la iniciativa, presentada al presidente del cuerpo, Osvaldo Jaldo, el edil delimita aquellos emprendimientos que se solicitan que pasen a depender del municipio de Yerba Buena. Se trata de los barrios que “están aledaños a ambos lados del Camino del Perú hasta el límite con la comuna de Cebil Redondo, como así también los que se encuentran a ambos lados del Camino de Sirga, desde la Solano Vera y hasta el Camino del Perú, modificando el límite con la comuna del Manantial y los que se encuentran a ambos lados de la ruta provincial 338 (continuación de la Avda. Solano Vera) hasta la intersección con la ruta provincial 301 (que va a Villa Nougués)”.
En esta nueva configuración territorial propuesta por Sangenis ingresarían, entre otros complejos habitacionales Cerro Azul Country Club, La Cañada Country Club, Country del Pilar, Barrio Araujo, Parque Acuático, Country Solano Vera, Country Las Limas, Country San Pablo, Santa Barbara Hills Country y Life, Barrio Privado Alto del Cebil 1, Barrio Altos del Cebil, Barrio San Expedito.
¿Cómo quedaría?
Si prospera esta modificación, Yerba Buena ampliaría su zona de influencia con el siguiente esquema jurisdiccional.
•Límite de Horco siguiendo Norte: desde la esquina Noroeste de la Residencia Universitaria Molle, cota inferior del cerro, por el arroyo de Las Cañas, su cauce en dirección Sudeste, doblando al Este hasta la intersección con el esquinero Noroeste de la propiedad de Frías Silva SA, siguiendo por el lindero Norte y el Country Golf Club El Jockey de Tucumán, hasta el esquinero Sudoeste de la propiedad de Norberto José Vestidelli, inmueble padrón N° 518.850; siguiendo hacia el Norte por la alambrada Oeste de esa propiedad, hasta ambos lados del Camino del Perú hasta la comuna de Cebil Redondo.
• Límite Sur: desde la intersección del arroyo El Manantial y calle Las Lanzas, por ambos lados de camino hasta la avenida Solano Vera (ruta provincial N° 339), continuando por el eje de la misma hacia el Sur una distancia de 980 metros, hasta interceptar un camino vecinal; siguiendo por el eje de este camino hacia el Oeste 685 metros, y luego hacia el Norte a ambos lados de ruta 338 (continuación de la Avda. Solano Vera) hasta la intersección con la ruta provincial 301 (que va a Villa Nougues).
• Límite Este: desde la comuna de Cebil Redondo hasta el arroyo Manantial a ambos lados del Camino del Perú.
• Límite Oeste: desde la esquina Noroeste de la Residencia Universitaria de Horco Molle y arroyo Las Cañas, hacia el Sur por la cota inferior del cerro que sirve de lindero Oeste de esa residencia hasta el río Muerto, por el eje del mismo siguiendo su cauce hasta llegar al lindero Norte de la propiedad que fuera de Eugenia y Alfredo Imbaud hasta la esquina Noroeste siguiendo por el lindero Oeste y en línea recta hasta su intersección con la ruta 338, descendiendo hasta la primera curva (El Balcón); desde este punto en línea recta Sur hasta la propiedad del Hogar San Agustín; hacia el Sur siguiendo la línea donde cambia la pendiente del cerro con un ángulo mayor de 45°, hasta la intersección con la alambrada Norte de la propiedad de Pedro Vera.